O todos moros, o todos cristianos: Kubati, Queipo de Llano y la libertad de expresión

Se ha montado un gran revuelo con la iniciativa del gobierno sobre la tipificación como delito del enaltecimiento del franquismo. Numerosas voces han apelado a la libertad de expresión para justificar que los nostálgicos de la dictadura puedan homenajear a sus jerarcas cuando les plazca, porque tienen derecho a expresar sus preferencias ideológicas y perspectiva histórica mientras no hagan daño a nadie. Y me ha sorprendido, porque yo creía que teníamos este debate superado desde hace años. Concretamente, desde que se aprobó el artículo 578 del Código Penal ¿Y qué dice este artículo? Pues concretamente que:

El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses

Veamos...se castiga el enaltecimiento (alabanza u homenaje), justificación ("en un contexto de represión y tortura estaba justificado que matasen a aquel policía...") y el descrédito, menosprecio o humillación a las víctimas (es humillante ver cómo en la plaza de tu pueblo homenajean al que mató a tu padre). Y las penas son de 1 a 3 años.

¿Estamos de acuerdo en que el Código Penal castigue este delito? Si es que no, podemos empezar a discutir si el enaltecimiento del franquismo Si es que sí, no tiene sentido discutirlo. Porque ETA y Franco (ninguno de los cuales existen, aunque tienen víctimas vivas) usaban la violencia con fines políticos. Aterrorizaban a quienes no pensaban como ellos, represaliaban incluso con la muerte a quienes les desafiaban, y se caracterizaban por un totalitarismo ideológico atroz. ETA perseguía a quien osase cuestionar su proyecto de Euskal Herria "socialista". Franco perseguía a quien osase discutir su "Ejpaña una grande y libre", y además se metía en la cama de la gente prohibiéndole divorciarse o encarcelándole por ser gay.

Ambos usaban pistolas (y Franco además tanques) para imponerse y machacar al rival político, y ambos intentaban legitimar sus crímenes con el apoyo de minorías fanáticas y el silencio aterrado de las mayorías. Franco rubricaba con el sello del aguilucho sus condenas a muerte, y ETA rubricaba con su famoso sello circular los comunicados donde reivindicaba asesinatos y sus cartas de extorsión.

Personalmente, mantendría ambos delitos por dos motivos. Primero porque la justificación y la apología de la represión y la violencia política es una herramienta fundamental de los violentos y los totalitarios para ampliar su espectro social, atemorizar a los discrepantes y multiplicar así la violencia captando adeptos y acallando disidentes, logrando así ampliar sus posibilidades de construir la dictadura en la que creen. Y en segundo lugar porque la dignidad de las víctimas debe implicar su protección frente a los que pretendan echarles sal en las heridas dando vivas a sus asesinos delante de su cara. Es un gravísimo ataque contra su dignidad y su integridad moral que merece castigo.

Ésa es mi postura, pero entiendo a quien piense distinto y defienda que la libertad de expresión ampara las anteriores conductas, tanto de nostálgicos de ETA como de nostálgicos de Franco, y que un fanático abertzale tiene derecho a dar vivas a Kubati delante de la casa de los hijos de Yoyes, al igual que los cabezas rapadas tienen derecho a gritar vivas a Queipo de Llano en las calles que regó de sangre y violaciones. Eso sí, quien me defienda que los amantes de ETA tienen derecho a soltar su bilis pero los franquistas no, o viceversa, me parecerá un hipócrita.