El establecimiento de un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (SGPRL), conlleva la distribución de responsabilidades, recursos y tareas preventivas o de seguridad a lo largo de todo el organigrama de la empresa. Esta distribución de funciones implica que todos los trabajadores tengan funciones compartidas, de esta manera por ejemplo; el personal de producción y mantenimiento además de las funciones propias de su puesto deberá desempeñar funciones preventivas o de seguridad.