El dinero público no es de nadie...y se nota. Ejemplo de los falsos insolventes

Carmen Calvo es la autora de la gloriosa frase del titular. Lo malo es que, aunque parezca una parida, se ha convertido en una máxima de actuación del Estado, tanto a la hora de despilfarrar dinero público en sueldazos, lujos y prebendas, como a la hora de recaudar lo que legalmente procede. Nuestro Estado no sólo despilfarra, sino que se desentiende (no sabemos si por desidia o porque creen que la economía sumergida debe existir para que todo funcione) a la hora de recaudar los impuestos y demás deudas que los defraudadores ocultan. Veamos un ejemplo:

Un mayorista tiene a sus trabajadores dados de alta 20 horas pero trabajando 40 a la semana, y pagándoles exclusivamente el salario de las 20. Le demandan por ese motivo y ganan. El tío les despide como represalia, le demandan otra vez y vuelven a ganar. En total, unos 80.000 euros de deuda en salarios y unos 20.000 euros de deuda en cotizaciones a la seguridad social.

Entonces el defraudador da de baja su empresa y abre otra a nombre de su hermano para eludir las deudas. Los trabajadores amplían ejecución de las sentencias que ya ganaron al defraudador, y las ejecutan contra la empresa a nombre del hermano, pero el defraudador la vacía antes de que salgan los juicios. Ni siquiera se presentan (ni él ni el hermano) a los juicios, porque saben que la nueva empresa es un cadáver. Unos juzgados dan la razón a los trabajadores y amplían ejecución de sentencia contra la nueva empresa. Otros ni siquiera la condenan (pese a que no se ha dignado a presentarse al juicio) porque dicen que la empresa se inscribió en el registro mercantil unas semanas antes de celebrarse los juicios por despido, y que por tanto los trabajadores debieron demandarla en el procedimiento principal (como si los trabajadores tuviesen un contacto en el registro mercantil que les dijese el día exacto en que se constituyen las empresas fantasma).

Pues bien, en todos los procesos judiciales el resultado es el mismo, porque en el momento de dictarse las nuevas sentencias la empresa fantasma a nombre del hermano ya es también insolvente. Entonces los trabajadores se enteran de que, a raíz de la ampliación de ejecución frente a la empresa fantasma, el defraudador ha puesto su negocio a nombre de la mujer, dada de alta como autónoma para la ocasión. Y obtienen facturas del negocio, con el sello de la mujer. Huelga decir que durante todo este tiempo nada ha cambiado: el negocio sigue regentado por el defraudador y en el letrero sigue teniendo el nombre de la empresa insolvente, sin que el hermano ni la mujer hayan aparecido jamás por allí.

Entonces los trabajadores vuelven a ampliar ejecución frente a la mujer, piden una medida cautelar para que el juzgado embargue su patrimonio antes del juicio y evite una nueva evasión (que se les deniega) y, hartos de todo, denuncian también por lo penal alegando alzamiento de bienes y frustración de la ejecución. Tanto el fiscal como el juez deciden archivar el caso sin iniciar siquiera la instrucción, alegando que las ejecuciones todavía están en marcha contra la mujer y es posible que logren cobrar a través de ella. Como si la comisión del delito no fuese independiente de que la víctima consiga cobrar. El Código Penal deja muy claro que cualquier maniobra defraudatoria para alzarte con tus bienes en perjuicio de tus acreedores es delito aunque ellos te pillen y al final logren cobrar, y está claro que el delito se consumó dos veces: uno con la empresa fantasma del hermano y otro con la mujer.

Así que los trabajadores han recurrido el archivo penal y están a la espera del proceso de ampliación de ejecución contra la esposa del defraudador, pero con la desesperanza de sentir que el sistema judicial (colapsado debido a la falta de inversión pública) pasa de ellos y les deja desamparados con la mínima excusa, mientras que su jefe moroso lleva ya año y pico eludiendo sus deudas y aplaudiendo cada vez que un juez le abre una rendija para seguir huyendo.

Lo más grave es que esa deuda no va a quedarse sin cobrar (al menos no totalmente) porque en cuanto el jefe sea declarado insolvente, el FOGASA pagará los salarios adeudados (hasta 4 nóminas completas y 30 días de salario por año trabajado en concepto de indemnización por despido) con dinero público. Es lo más triste del tema: que decenas de miles de defraudadores profesionales crean empresas fantasma o colocan a sus familiares como empresarios de paja para eludir miles de millones de euros en deudas que acabará pagando el Estado. Y los juzgados, sin medios y saturados de trabajo, se limitan a hacer el paripé de buscarles bienes en el punto neutro judicial y, si no tienen nada a su nombre, decretar mecánicamente su insolvencia para que pague el FOGASA. Y si algún trabajador se rebela y empieza a buscar testaferros para ampliar ejecución, le espera la odisea que acabo de relataros.

Todo esto cambiaría si se aumentase suficientemente el número de juzgados, igual que el fraude fiscal y laboral se reducirían drásticamente si tuviésemos una plantilla de inspectores de trabajo y hacienda razonable. Son puestos de trabajo que se pagan solos, pues si sueltas a un inspector de trabajo por la calle, en 2 días te traerá el importe de su sueldo en multas y cotizaciones no declaradas. Pero, sea por ignorancia o por connivencia con la economía sumergida, tenemos un déficit de guardianes de la legalidad que deriva en el triste espectáculo de juzgados inermes y agotados frente a defraudadores profesionales que se parten de risa...y miles de millones que, debiendo pagarlos ellos, acabamos pagando todos.