El Supremo obliga a devolver 30.000 euros a un matrimonio asturiano por una cláusula abusiva en su hipoteca

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. Emilio Naranjo EFE

Concertaron el contrato de préstamo hipotecario en yenes japoneses, por lo que el banco aplicó la cláusula multidivisa que ahora ha sido declarada nula

17 abr 2024 . Actualizado a las 18:11 h.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a un matrimonio asturiano que ha reclamado la nulidad de una hipoteca suscrita con Bankinter, entidad bancaria que ha sido condenada a restituir el perjuicio económico ocasionado por la aplicación de la cláusula multidivisa, que asciende a 30.000 euros.

El Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Asturias por el denominado préstamo en divisa extranjera o préstamo multidivisa, que consiste en acceder a un préstamo hipotecario, en el que el cliente puede elegir la moneda con la que va a efectuar el pago, de manera que en lugar de obtenerlo en euros, con el tipo de interés variable correspondiente a esa divisa, se realiza en una o varias monedas foráneas.

La plataforma reclamador.es, encargada de llevar el caso, puntualiza en una nota que ninguno de los prestatarios, él era de profesión bombero y ella administrativa, tenía «experiencia ni conocimientos ni cualificación necesaria» en relación con el objeto de negocio de las entidades bancarias.

«No estaban familiarizados con el mercado financiero en general, y menos con el comportamiento de las divisas en los mercados financieros», explica.

El 13 de febrero de 2008, los afectados, sin estar familiarizados con el mercado financiero en general, ni con las divisas en los mercados financieros, señala la compañía online de servicios legales, concertaron el contrato de préstamo hipotecario con Bankinter, formalizado en yenes japoneses.

Las entidades bancarias no informaban entonces de que este tipo de préstamo conllevaba un riesgo intrínseco añadido frente a los préstamos hipotecarios tradicionales, ya que, además de las posibles subidas del índice de referencia, también están expuestas a los cambios de cotización de las divisas, lo que afecta tanto al importe de las cuotas como al importe del capital prestado.

En 2018 los clientes presentaron una demanda contra Bankinter, solicitando la nulidad de la cláusula multidivisa, inserta en el préstamo hipotecario suscrito por las partes, por su carácter abusivo, así como las consecuencias derivadas de tal pronunciamiento, reliquidación del préstamo y devolución de las cantidades pagadas en exceso.

El Juzgado de 1ª instancia nº 6 de Oviedo acordó declarar la nulidad del clausulado multidivisa, contra cuyo fallo Bankinter interpuso recurso de apelación, ante el que la Audiencia Provincial de Oviedo se pronunció ratificando la sentencia dictada en primera instancia, en todos sus extremos, según Efe.