edición general
  1. @Schrödinger_katze No tiene menos pena. Homicidio: 10-15 años. Violación: 6-12 años. Tanto el mínimo como el máximo del homicidio son mayores que la violación. Luego claro, hay agravantes, atenuantes, subtipos agravados, sub-subtipos hiperagravados, grados en la atenuación...
  1. @maria1988 @PasaPollo Si la hubiesen matado* entiendo que les caería esto mas el homicidio mas ayudar a cometer el homicidio, ¿no?

    *me da cosa frivolizar asi :-(
    1. @ankra @PasaPollo En ese caso creo que se contempla la perpetua.
      1. @PasaPollo @Schrödinger_katze Y añado: hay que darse cuenta que, y aunque aún así el homicidio sea mayor que la violación, estamos comparando el tipo básico de un hecho (matar a alguien, homicidio puro) con el sub-subtipo hiperagravado (violación) de un subtipo agravado (agresión sexual) de un tipo básico (abuso sexual).
      2. @PasaPollo Sí, eso sí es verdad. Las penas son tan altas por cometer varios delitos a la vez, como indica @maria1988. Supongo que mi confusión es una cuestión de filosofía y no tanto de legislación (como explico a continuación).

        @maria1988 A mí me sigue pareciendo extraño que ningún delito contra la integridad personal o combinación de ellos tenga más pena que un homicidio (o, aún peor, un asesinato). Nada que pueda hacer nadie es, bajo ninguna circunstancia, tan grave como matar a alguien, en mi opinión.
        Aunque fuera una combinación de secuestro, violación repetida, obstrucción a la justicia y todo lo que tu quieras, para mí eso no es tan grave como matar a alguien. Porque el daño que causa la muerte contra el bien de la vida es irreparable. Por muchos traumas y dolor que pueda causar cualquier otro delito, para mí están en un nivel totalmente distinto.

        Desde el punto de vista legislativo está claro (porque es así como los expertos indican que es la realidad jurídica) pero desde el punto de vista filosófico, para mí algo falla en la legislación, aunque tampoco tengo muy claro cuál es la solución.
        1. @Schrödinger_katze @PasaPollo @maria1988 @maria1988

          Nada que pueda hacer nadie [a una sola persona] es, bajo ninguna circunstancia, tan grave como matar a alguien, en mi opinión.
        2. @Schrödinger_katze @PasaPollo La única solución posible a lo que dices (en el caso del asesinato) sería fijar por ley la pena máxima de cárcel a 25 años, que es lo que tiene un asesinato agravado.
          Por otra parte, no estoy de acuerdo con lo que dices, sobre todo porque hablas de homicidio. Si dos jóvenes se pelean en un bar y uno de ellos le pega al otro una patada que lo mata, no considero que eso merezca más pena que alguien que secuestra, tortura y viola a otra persona, por poner un ejemplo. El segundo caso me parece bastante más peligroso a la vista de la crueldad de los hechos.
          1. @maria1988 Eso es cierto, tenía que haber separado algunos tipos de homicidio. Yo pensaba en homicidio dolosos (que no necesariamente premeditados). Para mí, la intención es lo que más cuenta.

            De todas formas, aún fijando la pena a 25 años, a estos les han caído 40 años, así que sigue sin tener sentido para mí. En el sistema español, sino lo entiendo mal, hay un número de años máximo que puedes cumplir (y más desde que se eliminó la doctrina Parot), así que a partir de cierto número da igual cuántos más te caigan.

            Por eso digo que no sé cuál es la solución. O bien que los delitos que no sean contra la vida de una persona tengan un número máximo de años posibles o bien haciendo que todos los delitos contra la vida sean condenados con cadena perpetua. Ninguna de las dos soluciones me entusiasma y por eso tengo que darle más vueltas al asunto.

            @PasaPollo
            1. @Schrödinger_katze @PasaPollo En este caso, según he leído en un medio, el tiempo máximo que pueden estar en prisión es de 20 años, aunque les hayan caído 38.
              1. @Schrödinger_katze @maria1988 Fue algo que los jueces se sacaron de la manga y que venía a decir que los beneficios sobre la condena deberían aplicarse sobre la pena teórica y no sobre la pena efectivamente real, lo que aumentaba la condena. El problema fue que el cambio jurisprudencial se aplicó retroactivamente a presos ya juzgados y condenados y es contrario a los DD.HH la retroactividad de las leyes penales desfavorables.
              2. @PasaPollo Gracias por la aclaración.
                @maria1988
              3. @PasaPollo Es decir, que se sigue aplicando a las condenas posteriores ¿No?
                @Schrödinger_katze @maria1988
            2. @maria1988 Sino me equivoco, desde el fin de la doctrina Parot (que si no me equivoco consistía en aplicar las condenas secuencialmente en lugar de todas a la vez), ese era el máximo que una persona podía estar en prisión en España.
              Con la nueva ley de cadena perpetua, ya no lo estoy seguro.

              @PasaPollo

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