Los Mossos d'Esquadra han denunciado penalmente a un hombre que para evitar pagar multas de tráfico identificaba como conductor de sus vehículos a otra persona. A quien acusaba había muerto, pero él lo desconocía
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Artículo 76. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta ley referidas a:
[...]
j) Incumplir el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello en el plazo establecido. En el supuesto de las empresas de alquiler de vehículos sin conductor la obligación de identificar se ajustará a las previsiones al respecto del artículo 11
Sanciones. Artículo 80. Tipos.
[...]
b) La multa por la infracción prevista en el artículo 77. j) será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722&p=20151031&tn=1#
¿Nos libramos de la multa? ¿Vamos a juicio? Es evidente que uno de los dos miente y además de la multa le podrán encasquetar otra falta/delito por mentir pero hay que demostrarlo, ¿no?
O igual no miente ninguno de los dos
Y para mi que el muerto cuyo paradero se desconoce se esta descojonado en alguna playa del Caribe al enterarse de que el gipollas al que le dejo a deber pasta puede acabar en en talego por tratar de endilgarle multas de trafico
pero yo no estoy hablando de eso, yo digo que el propietario identifica al conductor pero esa persona niega haber sido él. Es un caso completamente diferente.
El propietario identifica al conductor pero es la palabra de uno contra la del otro
¿Creemos a uno de ellos sin tener pruebas y le echamos la culpa al otro?
¿Multan al propietario a pesar de haber identificado al conductor? ¿Donde pone que eso es posible?
¿Multan al supuesto conductor a pesar de que afirma que no conducía el vehículo?
Pilla el dueño en última instancia, ya se apañará con el que conducía su vehículo...
-Pues yo no he sido.
Ahí lo que veo es que estoy obligado a decir quien ha sido, pero lo he hecho, luego no procede a multarme por no identificar al conductor. Pero no dice nada de qué ocurre si la persona a la que yo acuso dice que no, que él no ha sido.
Puedo estar mintiendo yo o puede estar mintiendo él pero se da el caso que ni yo puedo demostrar que él miente ni él puede demostrar que sea yo el que miento. ¿Nos libramos los dos por falta de pruebas? ¿ Paga el dueño del vehículo ?
#8 #17 O sea que si no estás seguro de que el otro vaya a aceptar la multa lo mejor es que mientas y digas que has sido tú (o te busques un cómplice al que no le importe perder puntos) porque si dices la verdad la justicia te va a crujir. Muy lógico no me parece.
Además, pongamos un caso extremo, supongamos que finalmente se descubre que el mismo conductor que conducía cuando le pusieron la multa pocos segundos después atropelló a alguien y se dio a la fuga.¿ Se puede dar el caso de que la multa la pague uno y el atropello se lo empaqueten a otro aunque sea materialmente imposible que el vehículo haya cambiado de conductor? ¿Si te declaras culpable de la infracción para pagar menos se te hace automáticamente responsable también del atropello?
Y se pueden dar casos como el que menciono en otro comentario: por ejemplo, tiempo después se descubre que ese vehículo unos segundos antes o después de ser multado ha atropellado a alguien y se ha dado a la fuga. Puesto que tenemos un conductor multado es lógico pensar que ese conductor es el culpable del atropello y si hemos multado al propietario por no poder demostrar que el que conducía era la otra persona (que como sabe que ha atropellado a alguien no lo va a reconocer) también habría que cargarle a él con el atropello. ¿No?
Es decir, si multas a alguien porque, supuestamente, das por demostrado que era el que conducía pues si queda demostrado que es la que conducía queda demostrado que es la responsable del atropello. Y si no lo das por demostrado no le puedes multar por la infracción de tráfico y tampoco por no identificar al conductor porque sí lo ha hecho. ¿Es así?