edición general
9 meneos
cerrado
34 clics

El Gobierno no ha querido que el "despido por enfermar" sea nulo

El Gobierno podía haber incluido los casos de despido de trabajadores y trabajadoras en situación de Incapacidad Temporal como uno de los supuestos de despido nulo regulados en el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores. En ese caso, la empresa tendría obligación de readmitir al trabajador despedido, abonando los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión (salarios de tramitación). Pero no han querido.

| etiquetas: gobierno , despido , absentismo laboral , enfermedad

menéame