edición general
20 meneos
cerrado
34 clics

El Pacto de Toledo propone que las parejas de hecho no sean discriminadas en las pensiones de viudedad

La Ley de Seguridad Social establece que el superviviente de una pareja de hecho debe demostrar su dependencia económica como requisito para ser reconocido por el sistema. En el último año antes de fallecer la pareja, sus ingresos deben ser al menos un 50% inferiores a la suma de los que se generaban antes en el hogar o menores al 25% si no hay hijos comunes con derecho a pensión de orfandad. Los supervivientes deben haber estado registrados al menos dos años antes y haber mantenido una convivencia estable en los últimos cinco.

| etiquetas: parejas de hecho , viudedad , pensiones , discriminación pacto toledo

menéame