El alto tribunal cree que publicar fotografías de los despachos de los diputados no afecta a su intimidad si no muestran ningún aspecto de la esfera personal. El periodista Segundo Sanz Gálvez fue castigado por incumplimiento de la Instrucción de la Presidencia del Congreso sobre información gráfica en la cámara, tras descubrirse que se había introducido y grabado en los despachos de los dirigentes de Unidas Podemos Pablo Iglesias e Irene Montero sin su autorización.
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Si es necesaria una autorizaciòn para entrar en un lugar es que está restringido. Si incumples las normas lo normal es que te sancionen. No entiendo la anulación de la condena.
"La sentencia argumenta que la sanción impuesta no obedece a que se considerara probado que el recurrente tomó las imágenes de los despachos en cuestión, ni siquiera a que accediera a lugares prohibidos a los informadores gráficos, sino a que usara las fotografías en la información publicada al respecto."
Lo que creo que ha sido bastante chapucero es la estrategia procesal de los letrados de la cámara, y en cualquier caso las medidas de seguridad del Congreso, que eso sí que tiene tela.
Igual hay que hacer algo verdaderamente innovador para entender la sentencia.....................leerla.
Le sancionan no por colarse ni tomar las fotos, sino por publicarlas. Si en el Congreso hubiesen hecho las cosas bien, pues lo mismo el resultado hubiera sido otro. Lo que dice la sentencia es que no le pueden condenar por publicar esas fotos, que es lo que hizo la Mesa del Congreso.
En cualquier caso la denuncia no es al Supremo, sino que es la Mesa del Congreso la que decide la sanción.
Pues hala, ahora corresponde una querella contra la Batet por prevaricación.
En cualquier caso, que falle la norma o su interpretación es lo que se debería determinar en la resolución de la querella.