Y eso que todavía queda por regular el alquiler por habitaciones, el temporal y el turístico. Gente que se pilla un piso, le pone camas y ya se cree empresario.
Montan directamente pensiones sin limpieza, sin inspección alguna ni nada. Y sin pagar impuestos.
#125 No puede demostrarse. Las publicidades que llegan al consumidor son procedentes de todo el mundo. Ves un tráiler, un articulo pagado, una referencia en una red social que se lanza y no tiene las condiciones ni su disponibilidad ya que no es obligatorio de informar en esos formatos. Fionna y cake o Scavengers reignl son un ejemplo de HBO pero hay muchos más casos en los que las plataformas no informan adecuadamente de los contenidos disponibles en cada territorio y da igual.
Cogemos por ejemplo, Evil que está en Movistar. Resulta que no es posible ver las primeras temporadas porque solo tienen la última en curso. No obstante no lo pone en ninguna publicidad y si alguien paga por ver ese contenido se ve obligado a piratear si quiere verla desde el principio.
#85 hay contenidos de HBO por los que yo creo tener derecho (Fionna y cake o la serie scavengers reign por ejemplo) y no puedo verlos por estar solo disponible en otros territorios.
Pienso en los frenos por ejemplo. No tiene frenos físicos. No puede entrar un freno normal que frene a algo a esa velocidad. Seguramente sea un freno de retención de motor gestionado por la controladora. Vamos, que se le llega a sobrecalentar y apagar y estaríamos ante el premio Darwin del año.
En potencia los motores eléctricos son imbatibles, con poco tamaño y piezas te dan una aceleración increíble. Eso si en menos de un kilometro la batería habrá muerto. Si quiere plantear un recorrido de larga distancia tendrá que hacer muchos cambios en diseño e ir a 20 por hora. El problema siguen siendo las baterías, por muy pequeño que sea el motor y muy potente necesitas amperios/hora.
En fin en breves Vicesat hará algo parecido fijo. Ya tiene cosas así.
Y qué pasa con esas personas luego. Acaban rondando por el país pagando y cobrando en negro.
Hay mucho negocio con cobrar a inmigrantes para que se empadronen y así empezar a pedir papeles cuanto antes. Es un problema que requiere una solución cuanto antes.
#3 Pues díselo a los países con alta natalidad. En países con baja natalidad con buen desarrollo social y económico no es como dices.
No es lo mismo naces en Francia que en Níger. No puedes equiparar una cosa a otra. es.statista.com/estadisticas/635383/paises-con-la-tasa-de-natalidad-ma.
#22 Los hay de muchos tipos igual que hay muchos tipos de personas en España. Yo he tenido problemas de convivencia con españoles y latinos. Estoy de acuerdo contigo en que la mayor parte de los que vienen suelen tener muchos problemas para integrarse y actuar como el resto. Sin embargo los hay que llevan aquí muchos años estupendamente.
Para unas cosas lo hizo sola y para otras lo hizo otro. Lo que es bueno ella, lo malo los demás. Yo creo que se merece otro premio. Más de dos docenas reconocimientos y homenajes no son suficientes.
#17
La CIE 11 sustituyó a la CIE 10 en 2022. La CIE 10 es de los 90. Esos baremos nuevos tan precisos de los que hablas se basan en una clasificación hecha hace 30 años. El cambio es importantísimo y ya te expliqué el motivo.
La patología de salud mental no es "una mierda milfudnes"(según has puesto antes de editar). Se trata de una ciencia sanitaria que avanza y en el caso que nos ocupa es fundamental ya que según lo que puede leerse es uno de los diagnósticos principales. A ver si el que ofende a muchas personas eres tú. En fin. Dejo el tema. Chao
#13 Y ahora cito un articulo
Trastornos somatomorfos y facticios
M.T. Velasco Morán, L. Santos García e I. García Cabeza
Servicio de Psiquiatría B. Hospital General Universitario Gregorio Marañon. Madrid. España.
Clásicamente se ha considerado un diagnóstico de exclusión,
es decir, que para diagnosticar a una persona de trastorno
somatomorfo era necesario descartar una enfermedad
médica y ambas condiciones, la psicológica y la orgánica, no
podían coexistir12. Esto ha cambiado recientemente, lo que
ha llevado a que nos encontremos con dos grupos de pacientes,
en función de la presencia o no de una patología orgánica
de base, sin descartar esta, según las nuevas clasificaciones,
el diagnóstico de trastorno por síntomas somáticos. En el
caso de pacientes que tienen reconocida una enfermedad
médica, nos tendremos que fijar en si esta genera una respuesta
cognitiva, emocional o comportamental excesiva en
comparación con otros pacientes que tienen el mismo diagnóstico,
contribuyendo los factores psicológicos a la aparición
y mantenimiento de dicha enfermedad3,15..
Todo esto para explicarte que, lejos de buscar ofender a nadie, recientemente las clasificaciones han cambiado y el proceso de valoración actual en centros base de la seguridad social se basa en clasificaciones obsoletas.
En general siempre ha sido así, cuando yo me formaba en el sistema público se usaban criterios de la CIE 9. Los baremos no se habían actualizado en años y años.
Así que, si, acusar personalmente a una trabajadora de ser mala gente o inepta es sensacionalista. Sería más óptimo exigir una actualización de los baremos acorde a la evidencia actual.
#13 Muy interesante el documento que aportas. Curioso como se basa en criterios CIE 10 cuando ya hace unos años que se publicó el 11.
Pero vamos, que a mi me ofenden campañas de desprestigio personal contra trabajadores y así lo expreso. Lamento que no siente bien el tema.
Cito el texto del boe:
6.3 Evaluación en casos de fatiga crónica como síntoma principal.
En casos excepcionales podremos encontrarnos con el síntoma de «fatiga» identificado como el principal y/o único (Síndrome de Fatiga Crónica, Esclerosis Múltiple...), en estos casos, y cumpliendo los mismos criterios expuestos anteriormente para la elección de la puntuación de la Deficiencia Relacionada con el Dolor, pero aplicados a la fatiga, podremos utilizar la graduación de la Tabla 6.1. Se tomará como referencia de graduación del problema, la puntuación del cuestionario «Escala Modificada del Impacto de la Fatiga» que aparece en el Anexo 6B. En estos casos, y al igual que en la evaluación del dolor, la puntuación expresa la «repercusión global y única» sobre el funcionamiento de la persona (que se verá reflejada así mismo en el BLA) y no podrá ser combinada con otras evaluaciones ni de este ni de otros capítulos que puedan estar relacionados con patologías que puedan cursar con fatiga (somático o somatoforme). Se aplicarán los mismos criterios temporales que a la evaluación del dolor crónico.
#9 ¿Salvado? En fin, leete el documento completo. Seguramente tengas razón ya que una cosa es un centro base y otra un centro especializado pero hay muchos puntos que me la dan a mí como los signos y sintomas.