El responsable de la finca si bien realiza el alta de la explotación ante la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía, «no dedica el cultivo exclusivamente a producción de cáñamo industrial (fibra o semillas) al manipular y comercializar los cogollos, ni posee autorización de la AEMPS para otro uso de los contemplados en este tipo de cultivo». En el cultivo inspeccionado, los agentes determinaron que no se daba ninguno de los supuestos permitidos, ya que se habían separado los cogollos de la planta.