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Baja la potencia contratada de tu ascensor sin miedo
El término fijo de la factura de la luz se ha doblado en los últimos meses, y parece que va a seguir subiendo. Pero no es tan fijo: es directamente proporcional a la potencia contratada. Y una ley poco conocida permite a las comunidades con ascensor reducir dicho importe drásticamente sin hacer ningún esfuerzo: la facturación por maxímetro en tarifas 2.0 y 2.1.
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En principio lo mínimo a contratar es la potencia nominal del ascensor:
"Aunque el real decreto marca que la potencia mínima a contratar es la potencia nominal del ascensor, las distribuidoras no suelen comprobar dicho dato y permiten contratar lo que queramos. Eso sí, debe ser una potencia normalizada en trifásica: 2,4-3,4-5,1-6,9 kW …"