"...y con esta prohibición lo único que se conseguirá es que donde había un despido objetivo y el trabajador cobraba 20 días año habrá un despido disciplinario donde cobrará 0. Ya sé que me diréis que ese despido disciplinario es improcedente, y así es, pero los SMAC están cerrados, los juzgados están cerrados, la justicia ha parado, así que en el mejor de los casos el trabajador tendrá dentro de 1 año (o 2 o 3) una sentencia. Y vete tú a saber si de aquella la empresa existe, con lo cual acabará cobrando del FOGASA menos de lo que...".
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etiquetas: despidos , ley , erte , disciplinario , análisis
La ley a la que se alude es esta: www.meneame.net/story/gobierno-prohibira-temporalmente-empresas-desped
Y sí, cuando uno es abogado o hace leyes debe ponerse siempre en la perspectiva del uso más vil que puede generar una nueva ley y sus circunstancias. Porque hecha la ley, hecha la trampa. De lo contrario, pasan cosas como esta...
En tiempos tan jodidos, todo es muy peliagudo.
Si no he entendido mal.
(Revisen sus medidores de ironía antes de negativizarme).
Puestos en ese plan (del articulo)... también podrían dejar de pagarte directamente, y como no vas a poder reclamarlo en un juicio no pasaría nada