Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 23 de Barcelona del pasado 20 de noviembre daba la razón al arrendatario de una vivienda del barrio de Gràcia que reclamaba al propietario del inmueble la devolución de la fianza pagada en la formalización del contrato y que el titular se negaba a devolver aduciendo motivos que la juez consideró inadmisibles, en parte. (...) La sentencia condena a la propiedad a retornar 1.900 euros de la fianza por lo que considera un uso normal de la vivienda.
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Y verás, a mí no me importa pagar cosas que claramente las he gastado yo, pero una grifería que lleva ahí 20 años, por qué tengo que pagar una nueva si esa no la he gastado yo y tampoco voy a disfrutar de la nueva más que unos meses? No me convence por mucha Comunidad de Madrid que lo respalde.