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El Ayuntamiento de Madrid prohíbe la participación presencial de los vecinos en los plenos de distrito

El Ayuntamiento de Madrid, gobernado por PP y Ciudadanos, avanza en su estrategia de menguar la participación ciudadana en la política municipal de la ciudad. Un decreto firmado este lunes por la delegada del área de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra –de Ciudadanos–, impedirá que los vecinos participen en los Plenos de las juntas de distrito. Justo cuando se recupera la normalidad en estos espacios con la vuelta a la presencialidad del 100% de los representantes de los grupos políticos municipale

| etiquetas: madrid , plenos , vecinos
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  1. Demócratas de toda la vida.
  2. Madrid == Libertad!
  3. Despotismo Ilustrado de parte de una organización delictiva. Biba Egpaña y biba Madrit
  4. Porque de la participación ciudadana al asamblearismo hay solo un paso y del asamblearismo al comunismo y 100 millones de muertos otro.
  5. La libertad de no dejar a la gente participar en actos democráticos.

    Son fascistas pero saben gobernajajajajaajaj


    Me cago en tu calavera, Carapolla.
  6. #6 Seguro que cuando acabe la pandemia rectifican, seguro
  7. #6 Por un lado "La disposición también establece que cada grupo municipal pueda ir acompañado de un concejal no miembro de la junta municipal" y por otro "el Reglamento Orgánico de los Distritos, en su artículo 81, establece que en un pleno solo podrán intervenir un máximo de tres personas (vecinos) que lo hayan solicitado en tiempo y forma"

    Sí, seguro que es por la pandemia...
  8. ¿Os acordais cuando surgio la polemica de "Graba tu pleno" y al final los ayuntamientos se tuvieron que echar atras porque era algo ilegal y no les quedo otra que aceptar?

    Pues que quereis que os diga en este caso creo que es algo parecido. Yo digo que aunque ahora lo hayan aprobado tarde o temprano al final van a tener que retificar ya que estarian comentiendo una ilegalidad.

    Solo habria que recordarles el Artículo 20 CE, en sus apartados 1, 2 y 4:

    «1. Se reconocen y protegen los derechos:

    a. A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

    b. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

    c. A la libertad de cátedra.

    d. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

    2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

    3. (...).

    4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia».



    Segun el apartado 1 del articulo 20 de la CE todos los cuidadanos tenemos derecho a poder expresar libremente nuestros pensamientos, ideas u opiniones tanto por escrito o por palabra y no este derecho no podra ser restringido mediante censura previa, es decir en este caso prohibiendo la participacion cuidadana.
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