Ayer pudimos leer en Menéame el siguiente titular: Bankia embarga la ayuda para comer a una familia numerosa en paro y se niega a devolverla...
Error, Bankia no quita nada directamente. Quién en embarga es un juez y Bankia retira el dinero de cuenta del embargado y lo manda a la cuenta de consignación de los juzgados... Relacionada:
www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro
CORRECCION IMPORTANTE: Difundimos x error que Bankia “embargaba” cuando la palabra embargo solo debe usarse si proviene de un juez o autoridad. No es un embargo judicial, sino que el afectado cometió la imprudencia de que le ingresaran la ayuda en la cuenta corriente que tiene con Bankia cuando tiene impagado un préstamo hipotecario con Bankia. Así Bankia en sus barridos periódicos por mora, ejecutó una limpia de saldo deudor en base a una clausula de la hipoteca en la que Bankia se concede el derecho de retirar dinero de las cuentas y valores que tengas con ellos (Copio un ejemplo de esta claúsula al final del artículo). Y es que como decimos a hipotecados y avalistas, si tienes deudas con un banco jamás ingreses nada en ese banco porque te lo van a quitar. El asunto es que luego reclamanos a Bankia que se lo devolviera porque es una ayuda pública para que coman los hijos y Bankia se ha negado aún tras la reclamación por escrito y documentada de servicios sociales. Es ante esto último por lo que nos decidimos a denunciar públicamente.
Como siempre, se escriben cosas muy sensacionalistas sin saber ni siquiera lo básico de procedimientos legales (como embargos).
Que al menos valga la rectificación.
Me parece muy grave.
No ya porque incite a la violencia... sino que además lo hace contra una persona que poco tendrá que ver con ese caso (los embargos los hacen los Juzgados, y las retenciones en cuenta autónomas los Servicios Jurídicos de las entidades, NO "el Director de la Sucursal", que es quien contra se pide la violencia en ese comentario).
A ver si alguien se lo va a tomar en serio y luego tenemos una desgracia...
Yo pregunto: Si Bankia sustrae de la cuenta cantidades por debajo de esas "cuantías mínimas inembargables", ¿está cumpliendo la ley?
La cosa es dejar mal a la PAH.
Este caso tiene una solución muy sencilla y rápida que es ir directamente al juzgado en el que se está ejecutando la sentencia, llevar la concesión de la ayuda del ayuntamiento, hablar con el secretario del juzgado y que levante el embargo que pesa por esa cuantía de 150 euros sobre dicha cantidad. Este trámite, lo hace el juzgado en el mismo día, con un poco de buena voluntad...
Es decir, era más rápido acudir al secretario del juzgado para solucionar el problema que hacer este tipo de acusaciones falsas en un blog. No sé si es desconocimiento, o que a algunos les interesa más la utilización política de las desgracias de otros que solucionarles rápidamente su problema
Artículo 607 Embargo de sueldos y pensiones
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.
noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607
> debajo de un cartelón bien grande de Bankia (que no sé qué pinta)
Está en el título y artículo original (RTFA), y se trata de que el artículo original acusaba a Bankia de embargar. No estamos hablando de marcianitos desconocidos, ni estoy agregando o manipulando nada de lo que dice el original, que ese sencillamente una corrección a la noticia errónea, y sugerencia de lo que se debe hacer para solucionar el problema rápidamente -> #4
#3 -> #4
[L]a entidad financiera/sucursal no puede obviar la orden judicial de embargo. [...] La propia entidad no sabe siquiera el origen de la deuda del embargo y su función tiene que resumirse a ejecutar lo que dice el juez. Si hay que levantar el embargo, lo tiene que hacer el juzgado u organismo acreedor, que en el caso descrito, tampoco sabemos si es embargo judicial o embargo administrativo con la Hacienda Pública.
1. Ayer se envió esta noticia: www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro. En ella se decía erróneamente que Bankia había embargado la ayuda alimenticia de una familia. Como dice #1, no es correcto lo que se afirmaba por cuanto una entidad bancaria no puede realizar embargos, algo que sólo puede hacer un juzgado.
2. Hoy se manda este envío de elblogsalmon que defiende a Bankia, pero no porque Bankia no se haya quedado con la ayuda alimenticia concedida por un ayuntamiento, sino porque Bankia no ha embargado la ayuda.
3. El comunicado de la PAH contenía una incorrección lingüística, pero decía la verdad. Elblogsalmon dedica todo un artículo a demostrar el error lingüístico (en un artículo lleno a reventar de errores lingüísticos de todo tipo).
#8 Pues claro que está en el artículo, a eso me refería. Se dedican a defender a Bankia empezando por poner un logo bien grande de la entidad. No veo marcianitos, lo que veo es mucho interés por agradar a los amos.
«Bankia ejecuta el embargo ordenado por el juez pero no respeta las cantidades mínimas inembargables».
Tras la corrección, la noticia original www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro dice ahora:
«Bankia saquea la ayuda para comer a una familia numerosa en paro y se niega a devolverla».
En efecto, habría que haberlo expresado así desde el principio. Sin ambages.
La ley es la ley. La realidad es la realidad. Todo lo demás son pajas mentales, y el artículo anterior estaba lleno de paja.
"No es un embargo judicial, sino que el afectado cometió la imprudencia de que le ingresaran la ayuda en la cuenta corriente que tiene con Bankia cuando tiene impagado un préstamo hipotecario con Bankia. Así Bankia en sus barridos periódicos por mora, ejecutó una limpia de saldo deudor en base a una clausula de la hipoteca en la que Bankia se concede el derecho de retirar dinero de las cuentas y valores que tengas con ellos"
Más de una vez me ha pasado, ingresar algo y de repente desaparece porque el banco se cobra algo atrasado sin avisar... y sin orden judicial de embargo de por medio. No sé cuál será la versión correcta, pero si se podía arreglar en el banco (que los de la PAH están bastante puestos en leyes) y no lo han hecho, sospecho que es cosa del banco. Anyway, a ver hacia dónde deriva esto. Supongo que saldré de dudas en los siguientes días.
No, no decía la verdad. El artículo de El blog salmón y la corrección que ha publicado la propia PAH lo demuestran.
Elblogsalmon dedica todo un artículo a demostrar el error lingüístico
No, el artículo de El blog salmón se dedica a desmontar un error jurídico: ni Bankia puede ejecutar un embargo por su propia cuenta ni puede detener un embargo. Después, la PAH ha cambiado su versión de los hechos (cuando ya se ha difundido la versión falsa, se ha hecho viral, se ha azuzado a las masas y eso). La explicación de El blog salmón sigue siendo válida para la versión que defendía la PAH en ese momento.
Ese es el problema, #19, la PAH está cambiando su versión de los hechos.
Otra cosa sería que la cuenta donde ese señor percibió los 150€ estuviera en descubierto; en ese caso el ingreso simplemente "se esfumaría" para cubrir ese saldo negativo, y no cabría hablar ni de embargo ni de "barrido"... y me temo que además el banco tendría la razón (legal) de su parte.
Si lo que han hecho es sacarle dinero de una tercera cuenta para cubrir una deuda, pueden presentar reclamación frente al Banco de España (www.bde.es/clientebanca/quejas/reclamaciones.htm). El problema es que previamente tienen que haber reclamado por escrito a Bankia y haber obtenido una respuesta negativa, o no haber tenido respuesta en dos meses. En este caso, no creo que esas personas puedan esperar dos meses.
Cuando yo escribo este post, supongo que la gente de la PAH sabe diferenciar lo que es un embargo del resto y dado que me parece que es grave la situación que se plantea para esta familia o para otras, no está mal tampoco que sepan cómo tienen que solucionar estos embargos que impiden el sustento básico tal y como se explica en #1 y #4 o en el propio post
Después de hablar por twitter con la gente de la PAH, resulta que este hombre, tiene deuda con Bankia y una cláusula contractual en la que faculta a Bankia a que le cobren desde cualquier cuenta que tenga abierta en la entidad para cancelar las deudas. Esta cláusula se incluye en bastantes hipotecas tal para evitar la reclamación que dice #21
Lo que hay que dar el premio Darwin al deudor, que tiene la hipoteca sin pagar, cláusula de pago desde cualquier cuenta con la entidad y domicilia ingresos en Bankia en lugar de domiciliarlos en cualquier otra entidad o en una cuenta en la que sea autorizado
Lo normal es NO DOMICILIAR nada en la entidad, más aún con deuda y cláusula de barrido
Y por supuesto, me alegro que Bankia no le haya aplicado el barrido al cobro de un subsidio como éste
PD: el voto negativo se explica muy fácil, por los insultos
En fin, adiós.