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Bankia y los embargos en cuenta de ayudas para alimentación: algunas precisiones

Ayer pudimos leer en Menéame el siguiente titular: Bankia embarga la ayuda para comer a una familia numerosa en paro y se niega a devolverla... Error, Bankia no quita nada directamente. Quién en embarga es un juez y Bankia retira el dinero de cuenta del embargado y lo manda a la cuenta de consignación de los juzgados... Relacionada: www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro

| etiquetas: bankia , embargo , cuenta alimentación
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  1. Además, el enbvío original a www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro fue luego corregido:

    CORRECCION IMPORTANTE: Difundimos x error que Bankia “embargaba” cuando la palabra embargo solo debe usarse si proviene de un juez o autoridad. No es un embargo judicial, sino que el afectado cometió la imprudencia de que le ingresaran la ayuda en la cuenta corriente que tiene con Bankia cuando tiene impagado un préstamo hipotecario con Bankia. Así Bankia en sus barridos periódicos por mora, ejecutó una limpia de saldo deudor en base a una clausula de la hipoteca en la que Bankia se concede el derecho de retirar dinero de las cuentas y valores que tengas con ellos (Copio un ejemplo de esta claúsula al final del artículo). Y es que como decimos a hipotecados y avalistas, si tienes deudas con un banco jamás ingreses nada en ese banco porque te lo van a quitar. El asunto es que luego reclamanos a Bankia que se lo devolviera porque es una ayuda pública para que coman los hijos y Bankia se ha negado aún tras la reclamación por escrito y documentada de servicios sociales. Es ante esto último por lo que nos decidimos a denunciar públicamente.

    Como siempre, se escriben cosas muy sensacionalistas sin saber ni siquiera lo básico de procedimientos legales (como embargos).

    Que al menos valga la rectificación.
  2. #1 Lo dije ayer aquí www.meneame.net/notame/1805361

    Me parece muy grave.

    No ya porque incite a la violencia... sino que además lo hace contra una persona que poco tendrá que ver con ese caso (los embargos los hacen los Juzgados, y las retenciones en cuenta autónomas los Servicios Jurídicos de las entidades, NO "el Director de la Sucursal", que es quien contra se pide la violencia en ese comentario).

    A ver si alguien se lo va a tomar en serio y luego tenemos una desgracia...
  3. El artículo dice: «...Es cierto que existen unas cuantías mínimas inembargables y que en el caso de ayudas sociales con destino finalista como es el caso de una ayuda de 150 euros para alimentación otorgada por un Ayuntamiento que encima hay que justificar, no es embargable...»


    Yo pregunto: Si Bankia sustrae de la cuenta cantidades por debajo de esas "cuantías mínimas inembargables", ¿está cumpliendo la ley?

    La cosa es dejar mal a la PAH.
  4. #1 Y más sobre el tema de las cuentas de alimentación:

    Este caso tiene una solución muy sencilla y rápida que es ir directamente al juzgado en el que se está ejecutando la sentencia, llevar la concesión de la ayuda del ayuntamiento, hablar con el secretario del juzgado y que levante el embargo que pesa por esa cuantía de 150 euros sobre dicha cantidad. Este trámite, lo hace el juzgado en el mismo día, con un poco de buena voluntad...

    Es decir, era más rápido acudir al secretario del juzgado para solucionar el problema que hacer este tipo de acusaciones falsas en un blog. No sé si es desconocimiento, o que a algunos les interesa más la utilización política de las desgracias de otros que solucionarles rápidamente su problema :-(
  5. #1 Entonces el error ha sido de tipo língüístico en el envío original: Bankia no embarga, pero sí se queda con la ayuda a cuenta de la deuda. No se trata de que Bankia retenga el saldo por orden de un juzgado. Dicho de otro modo: tu envío, debajo de un cartelón bien grande de Bankia (que no sé qué pinta), se dedica a demostrar el mal empleo de la palabra 'embargo', pero no dice nada que tenga que ver con el hecho de que Bankia se haya quedado con una ayuda alimenticia y se niegue a devolverla. Os agarráis a un clavo ardiendo para defender a los amos.
  6. #4 ¿buena voluntad? ¿dónde?
  7. #4 La ley es muy clara:

    Artículo 607 Embargo de sueldos y pensiones

    1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.


    noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607
  8. #5

    > debajo de un cartelón bien grande de Bankia (que no sé qué pinta)

    Está en el título y artículo original (RTFA), y se trata de que el artículo original acusaba a Bankia de embargar. No estamos hablando de marcianitos desconocidos, ni estoy agregando o manipulando nada de lo que dice el original, que ese sencillamente una corrección a la noticia errónea, y sugerencia de lo que se debe hacer para solucionar el problema rápidamente -> #4


    #3 -> #4
  9. #5 O no has leído el enlace, o entiendes lo que quieres:

    [L]a entidad financiera/sucursal no puede obviar la orden judicial de embargo. [...] La propia entidad no sabe siquiera el origen de la deuda del embargo y su función tiene que resumirse a ejecutar lo que dice el juez. Si hay que levantar el embargo, lo tiene que hacer el juzgado u organismo acreedor, que en el caso descrito, tampoco sabemos si es embargo judicial o embargo administrativo con la Hacienda Pública.
  10. #9 Tienes razón: quizás me he perdido. Voy a intentar ordenar mis pensamientos y, si eres tan amable y paciente, me explicas, por favor, en qué punto me he perdido.
    1. Ayer se envió esta noticia: www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro. En ella se decía erróneamente que Bankia había embargado la ayuda alimenticia de una familia. Como dice #1, no es correcto lo que se afirmaba por cuanto una entidad bancaria no puede realizar embargos, algo que sólo puede hacer un juzgado.
    2. Hoy se manda este envío de elblogsalmon que defiende a Bankia, pero no porque Bankia no se haya quedado con la ayuda alimenticia concedida por un ayuntamiento, sino porque Bankia no ha embargado la ayuda.
    3. El comunicado de la PAH contenía una incorrección lingüística, pero decía la verdad. Elblogsalmon dedica todo un artículo a demostrar el error lingüístico (en un artículo lleno a reventar de errores lingüísticos de todo tipo).
    #8 Pues claro que está en el artículo, a eso me refería. Se dedican a defender a Bankia empezando por poner un logo bien grande de la entidad. No veo marcianitos, lo que veo es mucho interés por agradar a los amos.
  11. Siempre es de otro la culpa.
  12. Si la PAH no se conoce la ley, arreglados vamos.
  13. Vamos, que Bankia se cobró un retraso de la hipoteca de lo que le ingresaron a este hombre para dar de comer a sus hijos. Esto me ofende más que que hayan usado la palabra "embargo" adecuadamente o no. Lo que ha hecho Bankia es una inmoralidad, punto.
  14. Al parecer habría que haber escrito:

    «Bankia ejecuta el embargo ordenado por el juez pero no respeta las cantidades mínimas inembargables».

    Tras la corrección, la noticia original www.meneame.net/story/bankia-embarga-ayuda-comer-familia-numerosa-paro dice ahora:

    «Bankia saquea la ayuda para comer a una familia numerosa en paro y se niega a devolverla».

    En efecto, habría que haberlo expresado así desde el principio. Sin ambages.
  15. El embargo lo realiza la Agencia Española de Administración Tributaria, a petición del juzgado competente y tras el expediente incoado por iniciativa de la entidad bancaria correspondiente. Así de sencillo.
  16. #14 Coño, hay que leer el artículo: los bancos (o sus programas informáticos y empleados) NO conocen los motivos el embargo de una cuenta, y tienen que ejecutarlo, es orden judicial. Punto, la ley se respeta. Claro que hay solución, -> #4.

    La ley es la ley. La realidad es la realidad. Todo lo demás son pajas mentales, y el artículo anterior estaba lleno de paja.
  17. #17 ¿Pero ha sido un embargo o el banco se ha cobrado una cuenta atrasada? Lo digo por esto:
    "No es un embargo judicial, sino que el afectado cometió la imprudencia de que le ingresaran la ayuda en la cuenta corriente que tiene con Bankia cuando tiene impagado un préstamo hipotecario con Bankia. Así Bankia en sus barridos periódicos por mora, ejecutó una limpia de saldo deudor en base a una clausula de la hipoteca en la que Bankia se concede el derecho de retirar dinero de las cuentas y valores que tengas con ellos"

    Más de una vez me ha pasado, ingresar algo y de repente desaparece porque el banco se cobra algo atrasado sin avisar... y sin orden judicial de embargo de por medio. No sé cuál será la versión correcta, pero si se podía arreglar en el banco (que los de la PAH están bastante puestos en leyes) y no lo han hecho, sospecho que es cosa del banco. Anyway, a ver hacia dónde deriva esto. Supongo que saldré de dudas en los siguientes días.
  18. #11 El comunicado de la PAH contenía una incorrección lingüística, pero decía la verdad

    No, no decía la verdad. El artículo de El blog salmón y la corrección que ha publicado la propia PAH lo demuestran.

    Elblogsalmon dedica todo un artículo a demostrar el error lingüístico

    No, el artículo de El blog salmón se dedica a desmontar un error jurídico: ni Bankia puede ejecutar un embargo por su propia cuenta ni puede detener un embargo. Después, la PAH ha cambiado su versión de los hechos (cuando ya se ha difundido la versión falsa, se ha hecho viral, se ha azuzado a las masas y eso). La explicación de El blog salmón sigue siendo válida para la versión que defendía la PAH en ese momento.
    Ese es el problema, #19, la PAH está cambiando su versión de los hechos.
  19. #3 Totalmente. Habo con conocimiento de causa. He participado en proyectos de desarrollo de sofware para banca, y retener parte del saldo de un cliente para compensar una deuda es algo muy, muy, muy delicado.

    Otra cosa sería que la cuenta donde ese señor percibió los 150€ estuviera en descubierto; en ese caso el ingreso simplemente "se esfumaría" para cubrir ese saldo negativo, y no cabría hablar ni de embargo ni de "barrido"... y me temo que además el banco tendría la razón (legal) de su parte.

    Si lo que han hecho es sacarle dinero de una tercera cuenta para cubrir una deuda, pueden presentar reclamación frente al Banco de España (www.bde.es/clientebanca/quejas/reclamaciones.htm). El problema es que previamente tienen que haber reclamado por escrito a Bankia y haber obtenido una respuesta negativa, o no haber tenido respuesta en dos meses. En este caso, no creo que esas personas puedan esperar dos meses.
  20. #11 Soy el autor del artículo. El primer artículo de la PAH es una barbaridad porque un "error" lingüistico no es desde luego. Un embargo es un embargo y todo el artículo base se caía por su propio peso al hablar de "embargo" realizado por Bankia y que la entidad cobre cantidades pendientes es otra cosa

    Cuando yo escribo este post, supongo que la gente de la PAH sabe diferenciar lo que es un embargo del resto y dado que me parece que es grave la situación que se plantea para esta familia o para otras, no está mal tampoco que sepan cómo tienen que solucionar estos embargos que impiden el sustento básico tal y como se explica en #1 y #4 o en el propio post

    Después de hablar por twitter con la gente de la PAH, resulta que este hombre, tiene deuda con Bankia y una cláusula contractual en la que faculta a Bankia a que le cobren desde cualquier cuenta que tenga abierta en la entidad para cancelar las deudas. Esta cláusula se incluye en bastantes hipotecas tal para evitar la reclamación que dice #21

    Lo que hay que dar el premio Darwin al deudor, que tiene la hipoteca sin pagar, cláusula de pago desde cualquier cuenta con la entidad y domicilia ingresos en Bankia en lugar de domiciliarlos en cualquier otra entidad o en una cuenta en la que sea autorizado
  21. #23 Si aparte de para votarme negativo, encontrarás tiempo para responderme a una pregunta, te agradecería que me dijeras, ciñéndote a los hechos, si tu artículo tiene sentido ahora que la PAH ha cambiado "embarga" por "saquea".
  22. #25 no, no lo tiene puesto que este hombre tiene un contrato firmado con Bankia que le pueden cobrar las deudas desde cualquier cuenta que tenga abierta en la entidad tal y como reconocen ellos y a pagar deudas no se le llama "saquear" tampoco twitter.com/PAHAlcoSanse/status/450327293664444417
    Lo normal es NO DOMICILIAR nada en la entidad, más aún con deuda y cláusula de barrido
    Y por supuesto, me alegro que Bankia no le haya aplicado el barrido al cobro de un subsidio como éste
    PD: el voto negativo se explica muy fácil, por los insultos
  23. #26 Justo lo que he dicho en #5 y #11, frente a #1 y otros: tu artículo sólo se fundamenta en un error lingüístico. Si por insultar te refieres a que considero excesivo tu interés por agradar a los amos, me reitero en el insulto. La próxima vez, procura que el cartelón de Bankia pille media página. Seguro que te lo pagan mejor. Au revoir.
  24. #28 Vaya rollo para decir: me importa una mierda que se diga exactamente la verdad, sólo que se diga lo que yo quiera, mientras má sensacionalista, mejor. Sino es de fascistas o neoliberales.

    En fin, adiós.
  25. #28 el positivo es porque soy un cachondo. Léete el artículo anda
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