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Desde la asociación Prodein han iniciado una recogida de firmas en Change.org donde solicitan ayuda para que se cumpla el derecho al acceso a la educación de estos menores.
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etiquetas: melilla , niños sin escolarizar
Pero te voy a reconocer una cosa, si están aquí deben estar escolarizados. Lo que me pregunto es ¿por qué no han sido transferidos a las autoridades marroquíes?
Todos ellos están en edad de cursar Educación Infantil y Primaria, nacieron en España y siempre han residido en Melilla, argumenta la organización.
Además, igual el gasto de educar a un puñado de chavales compensa ante la posibilidad de que crezcan como marginados que acaban delinquiendo de mayores o radicalizados por alguna organización terrorista.
Por otro lado, no creo que un niño de 8 a 14 haya decidido de alguna manera vivir de esa manera. Merecen una oportunidad.
Lo que no quita que deberían estar escolarizados si viven aquí.
Nacer en España no te da la nacionalidad.
Deben cumplirse más causas para que la obtengas al nacer en España. Ser hijo de español, que tu padre haya nacido aquí, etc.
Igual que si naces fuera de España el ser hijo de español tampoco te la asegura.
Por lo menos legalmente.
Por otra parte, me parece muy cómoda la postura de los países de origen de esta gente, que no se hacen cargo de sus ciudadanos y luego nos toca al resto, cuando no estamos precisamente en nuestro mejor momento.
"Nacionalidad de origen
Son españoles de origen:
Los nacidos de padre o madre española.
Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).
Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.
Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español."