Una mujer natural de Ciutadella ha sido condenada esta semana a cumplir 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad, como responsable de un delito de lesiones en el ámbito doméstico. La mujer agredió a su pareja con reiteración durante la tarde del 10 de agosto del pasado año, primero en el domicilio del hombre, situado en la calle Ángel Ruiz y Pablo, de Ciutadella, y minutos después en plena vía pública.
|
etiquetas: viogen , mujer , violencia , condena , igualdad
La noticia es esa. Que el delito es diferente a si tuviera pene.
«En el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad. En estos supuestos, el Juez o Tribunal impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o deberes previstos en las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.»
Por cierto, esto también se aplica a los hombres (especialmente, por cierto), es decir, si tu me pegas una paliza (soy hombre) te toca ir a la cárcel, sin embargo si es a tu mujer esta pena puede ser sustituida por trabajos a la comunidad y programas de reeducación.