El Pleno del Congreso ratificará este jueves el informe de la Comisión del Estatuto del Diputado por el que se concede la compatibilidad a ocho parlamentarios (todos del PP) para sus actividades privadas, entre ellos el 'popular' navarro José Cruz Pérez Lapazarán, quien ya fue multado en 2012 por saltarse 245 votaciones sobre los Presupuestos por acudir a una reunión del Consejo de Administración de su empresa.
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Jodida casta
entre ellos el 'popular' navarro José Cruz Pérez Lapazarán, quien ya fue multado en 2012 por saltarse 245 votaciones sobre los Presupuestos por acudir a una reunión del Consejo de Administración de su empresa.
Que cobren 60.000 o 100.000 euros por no hacer nada está muy feo, pero no es un problema en sí mismo. El problema es que se supone que están ahí para legislar, para dedicarse al pais y sus problemas, para controlar al gobierno, para hacer leyes justas y necesarias.
Es por eso que no debería permitirse una dedicación parcial (ni aunque renuncien a su sueldo). Si acaso se puede permitir, siempre con una limitación de dedicación horaria, impartir alguna clase en universidades públicas, por ejemplo, o alguna otra actividad puntual que redunde en el beneficio general. Pero nada más. Dedicarse a la política debe ser una actividad plena a tiempo completo, y el que no quiera, que no se presente.
A mi no me importa pagarles, y pagarles bien. Pero que hagan su trabajo, porque si no, nos buscamos a otro.
www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/SalaPrensa/NotPre
Excepciones legales:
- Los parlamentarios que reúnan la condición de profesores universitarios podrán colaborar, en el seno de la propia universidad, en actividades de docencia o investigación de carácter extraordinario... (157.4 LOREG).
- La mera administración del patrimonio personal o familiar (159.3 LOREG).
- La producción y creación literaria, científica, artística o técnica, así como las publicaciones derivadas de ellas. (159.3 LOREG).
- "Las actividades privadas distintas de las recogidas en el apartado 2 de este articulo que serán autorizadas por la respectiva comisión de cada Cámara, previa petición expresa de los interesados. La solicitud y la autorización que se otorgue se inscribirán en el Registro de intereses a que se refiere el articulo 160 de la presente Ley", (159.3 c LOREG).