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El Consejo de la Abogacía española reitera que la prisión permanente revisable es «inconstitucional»

La prisión permenente revisable aprobada ayer en el Congreso español durante la tramitación de la modificación del Código Penal ha recibido una dura crítica por parte del Consejo General de la Abogacía del Estado. En un comunicado, ha afirmado que dicha medida es «inconstitucional». En concreto, la Abogacía señala que la prisión permanente revisable «es contraria a los artículos 10, 15 y 25 de la Constitución». En lo que se refiere al artículo 25, concreta que ésta establece que las penas privativas de libertad «se han de orientar a la reeduca

| etiquetas: código penal , reformas , prisión permanente , abogacía , españa
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  1. prision en diferido tampoco .¿?
  2. Da igual, para eso está el Tribunal Constitucional, la herramienta perfecta para convertir lo "constitucional" en "inconstitucional" y viceversa.
  3. Es su Constitución y se la follan como quieren
  4. También han puesto la prisión revisable intermitente.
    A este no a aquel si este no aquel si
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menéame