Hace unas semanas, con los termómetros rozando en Zaragoza los 39 grados, comenzaron los murmullos entre los trabajadores de si se tomarían las medidas que marca la normativa sobre prevención de riesgos laborales, frente a las altas temperaturas. Esta semana, con el mercurio marcando alerta roja en la capital, era la prueba de fuego para ver si se cumple o no con lo establecido. De momento, el día más caluroso amanecía ayer como otro más para los que trabajan al aire libre. No ha habido parón en la avenida de Goya, donde siguen con el asfaltado
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Perra vida.
«Disposición adicional única. Condiciones ambientales en el trabajo al aire libre.
1. Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.
2. Las medidas a las que se refiere el apartado anterior derivarán de la evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora. En aplicación de lo previsto en esta disposición y en el artículo 23 del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.
3. En el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.
4. Esta disposición adicional será de aplicación a todos los lugares de trabajo, incluidos los del artículo 1.2».
Como es tan ambíguo, las constructoras han adaptado el texto a su protocolo de actuación ante altas temperaturas. Sin dejar de trabajar, por supuesto.
Este es un ejemplo:
"→ En caso de previsión de alerta naranja o roja para el día siguiente, el horario previsto
de trabajo será de 7h. a 11h. y de 11:30 h. a 15:30 h.
Este horario será de aplicación para todo el personal de obra, incluidas subcontratas.
Si por circunstancias de ubicación de la obra u otras no se permitiera el inicio de los
trabajos hasta las 8h. de la mañana, se aplicará el horario de 8 h. a 11 h. y de 11:30 h a
15:30 h."
Una medida absurda, ya que las horas de más calor son a medio día.
Pero a la constructora le da igual, lo que quieren es que se trabaje ese día y no perder la jornada (la vida de la gente ya tal), ya que hoy en día se construye con unos plazos de absoluta locura.
P.D: Hidrátense.
Qué lástima todas esas mujeres que trabajan asfaltando las calles con esta calor. Puñetero patriarcado...
Mientras no haya sanciones, mientras no haya palos, nadie va a cambiar nada