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Cuándo es legal (o no) grabar tu conversación con un policía

Cuándo es legal (o no) grabar tu conversación con un policía

Ocurre en ocasiones que cuando estamos ante un Policía nos sentimos indefensos toda vez que ellos, tal y como marca la Ley, tienen presunción de veracidad con lo cual nuestro testimonio de cara a un procedimiento judicial se ve mermado.

| etiquetas: polícía , privacidad , derecho , legalidad , ley
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Comentarios destacados:                    
#7 La presunción de veracidad es un abuso. Equivale al derecho a mentir impunemente. No estoy en contra de que exista, pero sí de que mentir salga gratis o el equivalente de gratis que es con el mismo castigo que para otra persona que carezca de este superpoder.

La presunción de veracidad debe estar acompañada de un castigo especialmente grave en el caso de que se demuestre de que se usó para mentir. Especialmente grave significa años de cárcel.
  1. Respuesta rapida: Siempre que tu seas parte de la conversacion es legal. Lo que no es legal es difundirla publicamente.
  2. Una hostia, te quitan el móvil y a funcionar.
  3. La presunción de veracidad es un abuso. Equivale al derecho a mentir impunemente. No estoy en contra de que exista, pero sí de que mentir salga gratis o el equivalente de gratis que es con el mismo castigo que para otra persona que carezca de este superpoder.

    La presunción de veracidad debe estar acompañada de un castigo especialmente grave en el caso de que se demuestre de que se usó para mentir. Especialmente grave significa años de cárcel.
  4. #1 Legalmente, te van a multar por cualquier cosa que se les ocurra.
  5. No se que me da más asco, si los policias fachas o los progres tocapelotas que no paran de amenazar con llamar a la policía y denunciar a todo el mundo y luego van de reprimidos, grabando solo las partes que les interesa, tras provocar a la policía.
  6. Puedes grabarlo siempre que sea una conversación contigo, no necesitas avisar (y creo que mejor no lo hagas). Si no hay problemas se borra y punto, y si hay lío y lo necesitas como prueba siempre lo puedes presentar ante el juez correspondiente. Lo que te podría dar problemas es difundirlo, pero siempre se puede presentar ante el juez si lo has obtenido lícitamente (y si la conversación es contigo lo es).
  7. #3 Basado en hechos reales? xD
  8. #5 Cuidado, para nada: si en la conversación está revelando información confidencial, tampoco puedes difundirla. Ejemplo: si te está contando que fulanito es seropositivo, no puedes difundirla. El está cometiendo un delito al contártelo sin autorización de fulanito, pero si tu la difundes, estarás cometiendo también el mismo delito.
  9. #2 Y que el artículo parte del error se la presunción de veracidad en ámbito penal.
  10. #7 La presunción de veracidad de los agentes sólo se aplica en procedimientos administrativos, nunca penales.
    Si un policía miente en una denuncia está cometiendo un delito de falsedad en documento público, que tiene unas penas importantes. La única manera de demostrar falsedad en documento público, por ejemplo ante una sanción de tráfico injusta, es poner a grabar sin decir nada y esperar a que se delate.
  11. #8 Pero al menos lo tienes grabado, y no vale lo que diga el Policía.
  12. #5 La ley de protección de datos lo prohíbe.
    Tiene que estar informada la gente, para que este permitido difundir sus datos personales. Aun que no se le reconozca.
  13. #9 Y en vertical si quieres luego máxima difusión :-)
  14. #8 En el mejor de los casos, porque antes de multarte por cualquier cosa que se les ocurra... es muy probable que también te agredan.
  15. Esto ya ha salido varias veces, y lo cierto es que cualquier trabajador debería de comportarse como si le estuvieran grabando, siendo consciente te de que su actuación debe ser correcta, en Menéame ya habíamos visto noticias de este tipo.
    www.meneame.net/m/actualidad/desde-policia-usa-camaras-corporales-usa-


    Siendo productivas para las dos partes.
  16. #1 Mejor no avisarle, porque aunque legalmente no puedan evitar que grabes, tienen otros instrumentos para joderte
  17. #16 procedimientos administrativos que pueden suponer multas tan enormes que pierdas todos tus bienes.
  18. #16: Si un policía miente en una denuncia está cometiendo un delito de falsedad en documento público, que tiene unas penas importantes.

    Da igual lo "importante" de la pena, un indulto del PP la "multiplica por cero" igualmente. ;)
  19. #18 Cuñao detected! La Ley de Protección de datos no afecta a personas físicas. Lo prohibirá otra ley, pero la de protección de datos, no.
  20. #1 Legalmente no pueden hacer que borres fotos que les hayas hecho, pero lo hacen
  21. #7 Efectivamente. Esto que comentas debería aceptarse sin la más mínima pega. Lo que no se puede tener es presunción de veracidad, lo que te hace estar por encima de los demás, y cuando se demuestra que has mentido por una grabación, no te pase nada y puedas seguir ejerciendo tu violencia y tu mentira respaldado por el estado.
  22. #26 En ningún momento explicas que te refieras a una persona física.
  23. La cuestión es bien simple, cuando hables con un policía, siempre, siempre, grabarlo
  24. Lo que viene a ser lo que llevo defendiendo yo desde hace tiempo por aquí, que no hay ningún porblema en grabar una conversación con un policía, pero que lo que no puedes hacer es recortar lo que te interesa y subirlo luego a rebellion.org.
  25. #1 No haran nada, seguiran su actuacion sin mas.
  26. #27 habla de grabacion de voz no de tomar fotos, eso no puedes hacerlo.
  27. #7 Lo dice la constitución: "Un gran poder conlleva una gran responsabilidad"
  28. #2 Habla de grabar la conversación y se puede ampliar a grabar video.

    Lo mismo para las cámaras en el coche. Imprescindibles.
  29. #17 "iba usted conduciendo de forma temeraria" 600 euros de multa y 4 puntos de carnet.

    Y no tienes ninguna forma de demostrar lo contrario
  30. #7 Y sin posibilidad de indulto, que ya nos conocemos...
  31. #11 ¿Qué películas te inventas? ?(
  32. #35 Amén.  media
  33. #34 da igual. Se pasan la ley por ahí muchas veces o no la conocen.
  34. #12 Pues da gustirrinín avisar según el caso...

    - "Hola, es Ud. XX XX?"
    + Sí
    - Buenos días,, le llamo de Gemini seguros, les informo de que esta llamada está siendo grabada...
    (le corto)
    + Muy bien, yo también estoy grabándola; ¿me puede decir su nombre?
    (silencio incómodo)
    - No es necesario, le llamo en nombre de Géminis seguros, no es necesario mi nombre
    + Sí, necesito su nombre por si tengo algún problema poder saber con quién hablé.
    - Ya le digo que somos Geminis seguros.
    + Ya, pero si me hace una oferta y luego no coincide cuando la haga efectiva quiero saber quién fue la persona que me lo ofertó para que lo aclare todo en la grabación.
    (Se corta misteriosamente la llamada)
  35. #26 cuñado de cuñado detected. La ley de protación de datos es para personas físicas. Es para datos PERSONALES.
  36. #34 Puedes hacer ambas cosas
  37. #44 No es mala idea para quitarse a los pesados de encima :-D.
  38. #45 :palm: Sí, para datos personales de personas físicas mantenidos por empresas y ciertos organismos públicos. No afecta a archivos mantenidos por personas físicas de otras personas físicas.

    2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

    a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.


    Pero no dejes que no conocer una ley te impida hablar sobre ella. Tú a lo tuyo.
  39. #3 Y que tal pasar a la acción?,.. me refiero, en vez de ser ovejitas esperando que no se las coma el lobo prepararle al lobo una encerrona, comernolos a él?? por su puesto todo legal. Asumiendo que no es una manzana podrida y que es mas cosa del cesto.

    Policia: Apague el movil !!
    Ciudadano A: La ley me permite grabar las conversaciones y no lo apago.
    Policia: Hostion, robo de movil y destrucción.
    Ciudadano B: Lo graba todo con una buena camara profesional y si hace falta un micro unidireccional , notario o lo que legalmente sea mas conveniente (habría que estudiarlo con calma)

    Ciudadano A denuncia, el policia cuenta la pelicula falsa que le de la gana, se aportan las pruebas y se le condena.

    Asi se hace un poco de limpia.
  40. #49 no olvidaré llevar siempre encima mi cámara profesional entonces.
  41. #49 yo me pido ser B, que no me gusta que me den hostiones...

    Soy ateo
  42. #34 creo que lo que no puedes, igual que el audio, es difundir. Pero si las tomas para usar como prueba no veo el problema.
  43. #24 o sin ir tan lejos tener que pedir una mañana en el curro para ir al juzgado pq al policía le salió de cierto sitio ponerte una multa, al final acabas perdiendo tiempo y dinero.
  44. #41 los Óscar no fueron el lunes ? :troll:
  45. #12 eso sí como sea un audio vete preparando la cartera pq tendrás que llevar a un perito para que autentique la voz. Mejor video pero ya es más jodido.
  46. #47 #44 la última versión de Android ya avisa con pantalla en rojo cuando es un número de spam. Tienes dos opciones: cuelgas y volverán a llamar, descuelgas sin decir nada y lo dejas hasta que se cansen y te dejan de molestar
  47. #56 Yo ya tengo algún programa con listas negras, pero es bueno que lo incorporen directamente a Android.
  48. #57 este es el que trae android one de serie y los clava.
  49. Legal es siempre que no te pille. Otra cosa es que despues pueda ser utilizada la grabación en un juicio.

    Despues puede servir para juicios de prensa en la opinión pública en que la grabación es filtrada por un periódico o medio periodistico.

    Mejor grabar un video entero que las minicamaras son casi igual de asequibles que los minimicrofonos ocultos.

    Despues con las tecnologias de ia tipo deep fakes www.meneame.net/c/23836477 equivalentes para audio (generar un audio que parece que es de una persona en particular muy perfecto y casi indistinguible del real) es menos fiable solo el audio. Con audio y vídeo junto será quizas mas dificil falsificarlo y se autentificara de forma mas facil.
  50. #39 Tampoco tienen que inventarse nada. Seguro que pueden pillarte por algo. A un conocido le dijeron que le iban a multar porque el remache de la matrícula (puesta en el concesionario) caía en una letra, se puso tonto y le revisaron el coche de arriba a abajo, resultó que encontraron una rueda a la que le faltaba 1 mm para cumplir y esa fue la multa que se llevó a casa. Si te quieren multar tranquilo que te multan.
  51. #48 Pedazo de Owned te has marcado.
  52. #27 Yo llevo una cámara en la moto, me pararon y querían borrarla por la LOPD, que casualmente conozco muy bien y no aplica en absoluto. Si te niegas, te la requisan. Luego te la tienen que devolver, pero te quedas sin cámara un tiempo. Les prometí que me la desinstalaria de la moto, mientras me la metía al bolsillo y la cosa quedó ahí. En la siguiente curva la puse otra vez ya que es totalmente legal que grabe. Ojo, si lo subo a youtube ya tiene más tela la cosa.
  53. #11 Pues yo si sé quien me da más asco.... los policías que deberían de cuidar a la ciudadanía, para eso les pagan, y se dedican a reprimir a los que deberían de apoyar.
  54. #18 La LOPD no aplica (artículo 2, ámbito de aplicación).

    Se regirá por la presente Ley Orgánica todo tratamiento de datos de carácter personal:

    a) Cuando el tratamiento sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento.
    b) Cuando al responsable del tratamiento no establecido en territorio español, le sea de aplicación la legislación española en aplicación de normas de Derecho Internacional público.
    c) Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido en territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, salvo que tales medios se utilicen únicamente con fines de tránsito.

    2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

    a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
    b) A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.
    c) A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada. No obstante, en estos supuestos el responsable del fichero comunicará previamente la existencia del mismo, sus características generales y su finalidad a la Agencia de Protección de Datos.
  55. #45 cuñado de cuñado de cuñado detected. echale un ojo a #64
  56. #32 Los policias cuando ven la cámara lo primerísimo que te dicen es que la apagues, si lo haces la mayoría de las veces, te vas sin ningún problema en un momento, si no lo haces, puede que también, pero te vas a quedar un buen rato a ver si sacan algo.
  57. #38 Por supuesto que, en general, con un policía no van a salir esa clase de temas. Pero si lo puse fue porque en el comentario inicial se hablaba "en general", y nunca está de más dejar claro que, en general, sí pueden ocurrir casos que hablando con un policía es raro que salgan.

    Que, por experiencia, hay mucha gente que lee lo que le interesa y luego te echan la culpa cuando la cagan... Luego graban cualquier otra cosa, lo publican, se encuentran con una denuncia y se ofenden todos porque "eh, que a mi me dijeron que...".
  58. #38 U otro ejemplo donde SI hay un policía y puede haber información sensible: un policía dándole una paliza a alguien, él pidiéndole que pare por favor, que tiene tal problema de salud, tú lo increpas (con lo que entras en la conversación y es, por tanto, una conversación en la que tú participas), y el te da a ti también. ¿Tienes derecho a publicarla completa? No, porque estarías revelando información confidencial de ese tercero. Y, sin embargo, si no hubiese información confidencial sí podrías sin necesidad de recortar las partes que dice la otra persona, porque tú participas en la conversación.

    Por eso, aunque en general es como tú dices, no está de más puntualizar que sí hay excepciones, y por tanto antes de publicar nada "a lo loco" no está de más echarle un vistazo y ser cauto.
  59. #8 Solo que en España esa gilipollez es falsa e ilegal.
  60. #1 Si el dice que lo has mirado mal, te puede multar.
  61. #59 Mientras tu participes en la conversacion es LEGAL siempre.
  62. #16 La impunidad policial ocurre de facto, de manera habitual y al margen de la legalidad vigente; da igual que se les conceda o no presunción de veracidad en los procedimientos penales, te pueden moler a palos y dejarte muerto y recibir una condecoración a cambio.
  63. Vale, se pueden utilizar en un juicio. Y si prefiero informar a su superior/a, ¿podría compartirle la grabación?
  64. #71 Si has firmado un contrato que dice que no grabaras con ningun medio la conversacion, estarás rompiendo el contrato.
  65. #1 Respuesta: ¿requisarte el móvil? :troll:
  66. #75 Estamos hablando de condiciones normales, yo no voy por ahi firmando contratos xD.
  67. #77 Has firmado el contrato social implícito, tambien la constitución, los derechos humanos, el si a la otan, ... has firmado muchas muchas cosas o tus tutores legales lo han hecho por ti.

    El desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento.
  68. #62 Si te la requisan tienen que levantar acta y ponerla a disposición judicial. Y para eso ya tienen que empezar a justificar ante un juez

    Si borran fotos les puedes denunciar por destrucción de propiedad privada
  69. #73 Yo nunca he pretendido decir "no publiques nunca nada, que a lo mejor metes la pata", sino "comprueba bien lo que vas a publicar antes, porque es fácil meterse en un lío legal". Y más con nuestra LOPD.

    Por otro lado, cometes un error al decir "Esa grabación corre por internet [...] tú no vas a tener problemas". Esa es, precisamente, la clase de error que quería evitar con mi primer comentario: el que difunde DE CUALQUIER MODO una grabación es responsable. Fíjate en lo que pasó con los dos futbolistas que se habían grabado teniendo un trío con una chica y ésta les decía que no quería que la grabasen: le pasaron el vídeo a unos colegas y éstos lo publicaron en Internet. Pues ahora están denunciados ellos por difundir el vídeo (al pasárselo a los colegas y aparecer luego éste en internet). Si tú grabas algo eres el custodio, y si se lo pasas a alguien más, es difusión y eres responsable de ello, aún cuando no lo hayas subido a internet. Si el vídeo no tiene nada importante no es un problema, pero si tiene algún tipo de dato personal o identificativo, la has cagado pero bien.

    Por eso, repito, hay que ser cautos, revisar las cosas antes de subirlas a lo loco a internet, y si es necesario emborronar caras y poner pitidos si se dice algo personal. Por supuesto guardando a buen recaudo la grabación original para que, si hay que ir a juicio, el juez sí pueda verla íntegra y sin modificación, con las caras de los responsables, y que así sirva como prueba. Aunque estamos de acuerdo en que es muy difícil que en un vídeo de una agresión policial haya algo que pueda contravenir la LOPD, nunca está de más ser cautos y revisarlo antes de difundirlo.
  70. #48 Una pregunta: ¿entonces, por qué hay tanta polémica sobre si las cámaras de salpicadero, de las que graban todo lo que ocurre delante del coche para, en caso de accidente, tener una prueba, si a fin de cuentas el que graba es un particular?

    Porque he encontrado multitud de artículos de abogados donde se nombra específicamente la LOPD...
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