Los Estados no cejan en formular disposiciones normativas inhumanas de naturaleza penal, administrativa o de cualquier otra índole, que no tienen otro objeto más que penalizar a la persona extranjera, "ilegal", como un sujeto potencialmente peligroso. Potencialidad que deriva directamente de su propia existencia física. En efecto, es este su delito.
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Se trata de un sujeto abstracto cuyo reconocimiento implica situar a múltiples seres humanos, etiquetados en esa genérica categoría, en una posición tal, en la que no operaran las garantías fundamentales que en el marco de la estructura de los Estados fueron, con mayor o menor éxito, apuntaladas durante el siglo pasado, para "todo miembro de la familia humana".