La Policía Local de Ciudad Real ha informado en su cuenta oficial de twitter que han denunciado a un vecino de la capital por tener una planta de cannabis "tomando el sol".
#3 si todo el mundo se planta en casa la mierda que se meten que harian los camellos, los jueces y los politicos? no tendrian trabajo ni suculentos maletones de dinero en campaña!
#9 Así que, a partir de ahora, si un agente de policía patrulla por la calle y ve una planta de marihuana en un balcón puede levantar un acta de infracción. Al ser considerada grave, la multa va de 601 a 30.000 euros, como consumir en lugares públicos. ¿Y si la planta no era del dueño del piso, o no era una planta de marihuana? Con la Ley Mordaza la palabra del agente pesa más que la del denunciado y será éste el que tenga que demostrar que no era así.www.eldiario.es/sociedad/Ley-Mordaza-endurece-cultivo-cannabis_0_40700
#10 No sé sí podría iniciarse un proceso sancionador sin incautar la sustancia. A lo mejor puede hacerse temerariamente, pero difícilmente van a poder demostrar que eso es una sustancia ilegal.
Pero tampoco conozco en profundidad la ley mordaza. Sé que se pueden tener hasta tres plantas, pero no se pueden ver desde la vía pública.
En cualquier caso sí no consiguen incautar la sustancia difícilmente va a tener recorrido.
El artículo 52 regula "el valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad". Y es muy alto. Lo que digan los agentes que hayan presenciado los hechos constituye "base suficiente" para la multa, dice la ley. Es decir, que pesa más la palabra del policía que del afectado, algo que rompe el principio de igualdad procesal. En procesos penales la equidad sí está garantizada porque hay un juez independiente que decide sobre las pruebas." www.eldiario.es/sociedad/Ley-Mordaza-vigor-manana_0_403859798.html
Tú tienes derecho a recurrir la multa ante un juez, y, aportar como prueba, por ejemplo, que la planta no lleva THC, pero te quedas sin la rebaja del 50% de la multa por pronto pago, por lo que la gente no suele recurrir.
#17 Pero el policía también puede decir que esa planta es una amapola de opio ...O un naranjo ....
Todo lo relacionado con la maritxu está todo muy mal legislado....
#14 Creo que #13 está en lo cierto, y la sanción no es por posesión sí no por algo parecido a lo que en otros países le llaman apología del consumo de drogas, al estar enseñando en público algo que se parece a una droga.
Vamos que sí tienes una planta de plástico que imita a la de marihuana, te podrían multar igual aún que pudieras demostrar que es de plástico, porque lo que se castiga es mostrarla y no la posesión.
#16 Lo que tú dices de incautar y lo de tener tres plantas es si te llevan a juicio por tráfico. En este caso no te acusan de tráfico, es una multa por tener visible una planta.
No hay una cantidad (3 plantas) por debajo de la cual se considere consumo propio. Está en manos del juez decidirlo. Por ejemplo, aparte de la cantidad de maría, existen otros indicios que puede tener en consideración el juez, como por ejemplo, tener bastante dinero en efectivo, balanzas de precisión, bolsas de ditribución. Hay sentencias muy dispares, gente castigada por una planta y gente absuelta con 50.
#16 Eso de las tres plantas no es muy exacto, y hasta donde se no lo pone en ningún lado. Se supone que está prohibido el cultivo siempre y cuando se vea.
PD: Y encima están orgullosos. Ja, ja, ja
Multa según la ley de seguridad ciudadana o ley mordaza.
Pero tampoco conozco en profundidad la ley mordaza. Sé que se pueden tener hasta tres plantas, pero no se pueden ver desde la vía pública.
En cualquier caso sí no consiguen incautar la sustancia difícilmente va a tener recorrido.
El artículo 52 regula "el valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad". Y es muy alto. Lo que digan los agentes que hayan presenciado los hechos constituye "base suficiente" para la multa, dice la ley. Es decir, que pesa más la palabra del policía que del afectado, algo que rompe el principio de igualdad procesal. En procesos penales la equidad sí está garantizada porque hay un juez independiente que decide sobre las pruebas." www.eldiario.es/sociedad/Ley-Mordaza-vigor-manana_0_403859798.html
Tú tienes derecho a recurrir la multa ante un juez, y, aportar como prueba, por ejemplo, que la planta no lleva THC, pero te quedas sin la rebaja del 50% de la multa por pronto pago, por lo que la gente no suele recurrir.
Todo lo relacionado con la maritxu está todo muy mal legislado....
Vamos que sí tienes una planta de plástico que imita a la de marihuana, te podrían multar igual aún que pudieras demostrar que es de plástico, porque lo que se castiga es mostrarla y no la posesión.
No hay una cantidad (3 plantas) por debajo de la cual se considere consumo propio. Está en manos del juez decidirlo. Por ejemplo, aparte de la cantidad de maría, existen otros indicios que puede tener en consideración el juez, como por ejemplo, tener bastante dinero en efectivo, balanzas de precisión, bolsas de ditribución. Hay sentencias muy dispares, gente castigada por una planta y gente absuelta con 50.
620 gramos tenían en casa.
www.lavanguardia.com/vida/20180815/451329753833/detenido-en-granada-cu
www.20minutos.es/noticia/3373685/0/sucesos-detenido-con-mas-204-esquej
ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/6328445/12/14/Detenido-por-c
Droga de la que no se hayan embolsado algún pellizco, vamos.