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La empresa no puede eliminar la extensión de las vacaciones anuales hasta Reyes

La decisión de la compañía implicaba una modificación sustancial de las condiciones de trabajo

| etiquetas: empresa , vacaciones , reyes , compañía , trabajo , trabajadores
  1. se han de disfrutar en el año natural porque si no, caducan

    El TJUE no está de acuerdo.
  2. #1 No es del todo cierto. Sí que pueden caducar pero la empresa tiene que demostrar que ha hecho todo lo posible para que el trabajador las disfrute.

    Por ejemplo, tener pruebas de que el uno de diciembre se le pidió al trabajador, de forma visible, usar sus días festivos antes de fin de año.

    Estas sentencias parecen indicar que vamos a pasar de un sistema en el que las vacaciones no disfrutadas caducaban automáticamente el 31 de diciembre (salvo en los casos de IT, maternidad, etc.) a otro en el que las mismas caducaran cuando su no disfrute sea imputable al trabajador.

    pereiramenaut.es/las-vacaciones-ya-no-caducan/


    Sé que no es habitual, pero yo sí que me he visto casi persiguiendo a la gente para que se cojan sus vacaciones. Ocurrirá poco en europa, pero llega a ocurrir.
  3. #2 Lo que dices es cierto, solo quería decir que no es algo tan automático como da a entender el artículo.
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