#1 No es del todo cierto. Sí que pueden caducar pero la empresa tiene que demostrar que ha hecho todo lo posible para que el trabajador las disfrute.
Por ejemplo, tener pruebas de que el uno de diciembre se le pidió al trabajador, de forma visible, usar sus días festivos antes de fin de año.
Estas sentencias parecen indicar que vamos a pasar de un sistema en el que las vacaciones no disfrutadas caducaban automáticamente el 31 de diciembre (salvo en los casos de IT, maternidad, etc.) a otro en el que las mismas caducaran cuando su no disfrute sea imputable al trabajador.
Sé que no es habitual, pero yo sí que me he visto casi persiguiendo a la gente para que se cojan sus vacaciones. Ocurrirá poco en europa, pero llega a ocurrir.
El TJUE no está de acuerdo.
Por ejemplo, tener pruebas de que el uno de diciembre se le pidió al trabajador, de forma visible, usar sus días festivos antes de fin de año.
Estas sentencias parecen indicar que vamos a pasar de un sistema en el que las vacaciones no disfrutadas caducaban automáticamente el 31 de diciembre (salvo en los casos de IT, maternidad, etc.) a otro en el que las mismas caducaran cuando su no disfrute sea imputable al trabajador.
pereiramenaut.es/las-vacaciones-ya-no-caducan/
Sé que no es habitual, pero yo sí que me he visto casi persiguiendo a la gente para que se cojan sus vacaciones. Ocurrirá poco en europa, pero llega a ocurrir.