Si al principio los bancos comercializadores de estos créditos ofrecían acuerdos que únicamente reducían el interés de estas tarjetas a un tipo cercano al 20%, sin devolver el dinero y obligando a renunciar a acciones judiciales posteriores, ahora, los afectados se encuentran con un nuevo escollo que superar: la obtención del cuadro de amortización de su tarjeta revolving, imprescindible tanto para calcular qué cantidad debe devolver el banco como para reclamar judicialmente, si fuera necesario.
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etiquetas: tarjeta revolving , bancos , consumidores
Que esto no es nuevo. Pasa de siempre.
Os aconsejo visitar foroantiusura.com
www.meneame.net/search?u=yosoyali&q=Reclamador
Edit:
Efectivamente.
Esta que no tiene apariencia de “reclamador” sí lo tiene dentro de la noticia. www.meneame.net/m/actualidad/ocurre-mis-vacaciones-he-estado-erte