La Fiscalía incoaría diligencias de tipo civil, lo que supondría multas económicas. De haber reincidencia, se podría recurrir a la aplicación del artículo 226 del Código Penal que, además de llevar aparejada una multa, también se podría motivadamente solicitar la inhabilitación para el ejercicio del derecho a la patria potestad.
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No se pueden reunir mas de 10 adultos pero 20 niños pueden estar en el aula. Han tenido meses para prepararse y a final de verano son todo prisas y amenazas.
Incompetencia criminal
www.meneame.net/story/fiscalia-advierte-acciones-penales-padres-no-lle - La fiscalía del Estado
www.meneame.net/story/fiscalia-investigara-padres-no-lleven-hijos-cole - El fiscal de la sala de Menores
Mañana: La fiscalía de Barcelona advierte....
Si no estuviéramos en una pandemia de tres pares de cojones, en la que España es otra vez uno de los países más afectados del mundo, pues lo entendería.
Pero por desgracia este no es el caso.
El gobierno debería tomar cartas en el asunto y clarificar esta parte, dando seguridad jurídica a los padres, ya que son los responsables finales de sus hijos.
En que en la administración pública, que funciona a ralentí y con trabajadores atrincherados con ordenadores desde sus casas, pone de relieve "la cita previa", que en la mayoría de casos ni siquiera es una cita real, sinó una hora para que la administración llame a los ciudadanos.
En estos momentos en que se prohiben las aglomeraciones de personas en cualquier actividad.
En que los ancianos están quedando enclaustrados en las residencias sin que los familiares tengan acceso abierto para estar con ellos, salvo raras excepciones.
En estos momentos, la justicia, por mucho que quiera actuar, no tiene recorrido en la decisión de los padres de no llevar sus hijos a la escuela, de lo contrario, la propia Fiscalía incurriría en prevaricación, al exigir, a sabiendas del riesgo, la asistencia a las aulas.
Las razones son simples, los padres anteponen la "salud de sus hijos a la educación y a la sociabilización. Y en eso, y en estos momentos, no hay tacha alguna, no hay delito. Proteger a los hijos es una motivación intrínseca de los padres.
Pero en realidad, el derecho a la educación no se tendría que ver resentido si, desde las administraciones competentes, se habilitaran medios reales para la teledocencia (y me refiero a equipar de manera real y efectiva con medios y conexión a las familias y a los centros).
Con esto no quiero decir que no se abran los centros (en mi historial de comentarios está bastante claro) pero sí soy partidaria de ofrecer la opción a las familias que tengan miembros vulnerables y puedan permitirse la docencia en casa de no mandar a sus hijos a la escuela.
Sería una buena opción para todos: los que de quedan en casa están protegiendo a los suyos y los que van están más protegidos al haber menos alumnado por aula.
Eso es en Madrid no en Asturias.
"El artículo 43 de la Constitución Española reconoce en su apartado 1 el derecho a la protección de la salud, y en su apartado 2 establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios"