La Fiscalía de Huesca ha rechazado revisar, a la luz de la ley del "sólo sí es sí", 22 sentencias firmes por delitos sexuales juzgados en la provincia altoaragonesa tras alegar, entre otros argumentos, que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional defiende la protección de la integridad de las resoluciones judiciales cuya firmeza haya sido declarada previamente.
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etiquetas: fiscalía , huesca , revisión , sentencias , delitos sexuales , ley de sí es sí
www.elmundo.es/espana/2022/11/21/637bafd0fdddff1aac8b4590.html
#8 Y el juez de turno se atendrá a lo que le de la gana y si le va la marcha no le importará argumentar a favor de sinverguenzas. Y tiene herramientas para lo contrario por mas que digan que no. Hasta ahora lo que veo es que cada cual va por libre. Y mira que soltar a un delincuente me parece prevaricar a costa de la sociedad
#InDubbioProMontero
Eso es una interpretacion romana mas vieja que la polka y no siempre tiene porque resultar correcta, es especial es casos graves, como violadores, asesinos, malversadores de lo publico: Mire, yo lo puedo entender con un robagallinas a veces, pero en determinados caso por la protección del resto pediría seriedad, que si los reos tienen derechos digo yo que el resto igual tendríamos que tener el derecho a no padecerlos, y mas cuando hay sentencia exculpatoria. En realidad estas leyes a menudo parecen muy suaves con el delincuente, y muy duras para el honrado
tras alegar, entre otros argumentos, que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional defiende la protección de la integridad de las resoluciones judiciales cuya firmeza haya sido declarada previamente.
Como ejemplo pondré un problema que tuvo un hijo mio en una boda en la que se mamó y dió positivo. A la pregunta ¿Cuanto le va a caer? Respuesta del abogado: Te puede tocar este juez o este, si te toca este, tal pena, si te toca este otro, tal. Acertó exactamente en la condena y en el juez. Le toco en su caso la mínimo. Se de otros que por lo mismo pagaron mucho mas
Y tengo mas ejemplos, pero ese es el mas descarado porque directamente lo he visto
Y al igual que un juez pueden aplicar todas las atenuantes que quirean o todas las agravantes, según les sople la vaina el viento para pedir o denegar. Pues estos , fiscalias o abogacias, mas de lo mismo
Pero vamos, yo a lo que voy es ¿quien realmente suelta delincuentes? Montero ya te digo que no
Así es como se maximiza la seguridad del ciudadano honrado.
Y que hayan ido todos a una recién sacada la cosa y con los seleccionado preparados tambien es casualidad. Venga ya hombre. Al día siguiente cuando cada mierda en este país puede llevar meses. Vamos ya no es que haya prevaricación, es que hay premeditación incluso. La verdad es que para no oler un montaje político-judicial hay que carecer de narices
Ellos se pueden justificar como quieran, yo lo que les voy a llamar es sinvergüenzas
No para mi el culpable no esta en estos juegos de abogaduchos, el culpable está en algunos liantes bastante sinverguenzas y sin moral alguna de los que diudo qiue les motive es su "amor a la ley". Amor a dar por culo si le llamaría yo
Aquí a echar la culpa y mierda a los jueces, obviando que no ha sido uno ni dos, que van ya unos cuantos tanto hombres como mujeres, incluso de organizaciones afines a la izquierda, pero tú tienes clarísimo (entiendo que sin tener formación en derecho) que lo hacen mal y encima a sabiendas.
La fiscaliia no es un órganismo independiente sino de dependencia orgánica.
El gobierno ha dicho que no se revisen, y todas las fiscalias dependen del fiscal general del estado que ha dado orden de que no se revisen.
Así que da igual que el titular ponga Huesca, Cadiz o León, ninguna va a pedir revisión.
De quién depende la Fiscalía?, pues eso
Además, la norma reduce las horquillas mínimas en algunas de las penas, lo que ha hecho que algunos condenados hayan pedido la revisión de las mismas. Por ejemplo, para un caso de violación [art. 179] se contempla una pena mínima de cuatro años frente a los seis del CP anterior [art. 179 de la anterior actualización del CP].
maldita.es/feminismo/20221129/ley-solo-si-es-si-rebajas-condenas/
antes
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
ahora
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de cuatro a doce años
Es una irresponsabilidad estar perdiendo el tiempo en vez de modificarla por no asumir las consecuencias políticas
El abogado penalista Jose María de Pablo explica a Maldita.es que una nueva reforma que endurezca las penas no sería aplicable a los que han visto ya revisadas sus penas, ni tampoco a los que lo están pidiendo ahora: “A cualquiera que haya cometido un delito sexual antes de hoy, se le aplicará siempre la ley penal más favorable que haya estado en vigor desde que cometió el delito, que seguirá siendo la redacción actual del ‘solo sí es sí’ por mucho que se modifique en el futuro”. Esto viene recogido en el artículo 9.3 de la Constitución, que dice que la Carta Magna garantiza “la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales”.
En ello coincide la catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Málaga Elisa García: "La ley ya está vigente y sus efectos se mantienen hasta que se apruebe una nueva. Los efectos retroactivos en favor del reo es un derecho constitucional. Está prohibido los efectos negativos en perjuicio del reo, por lo que una nueva ley no podría hacer que los casos mejorados con esta ley vuelvan al estado anterior".
1) Pero e que nadie es condenado a "pena minima" sino a X años
2) en el apartado "ahora" falta mucha literatura que sale en el BOE que especifica situaciones que antes no entraban y ahora si
Me parece surrealista que hagáis responsable de las leyes a los jueces, que no hacen leyes, y no a las señoras que presumían de esta ley.
Las feministas nunca se equivocan, se equivoca este mundo patriarcal! Muchas veces parece que hay que tratarlas como niños, y no como adultos.
www.meneame.net/story/supremo-abre-puerta-rebajar-penas-ley-pero-caso-
antes
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
ahora
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de cuatro a doce años
Todo menos reconocer que estás señoras la han cagado con la ley.
Si una ley tiene varias interpretaciones, y encima la mayoritaria esta siendo revisar las penas, tienes que corregirla para que sea clara y no dependa del fiscal o del juez su interpretación
Gracias por la info
Y sigues sin poner las modificaciones que se han hecho en el tipo penal de agresión salvo la rebaja de la pena mínima...
Si antes la pena mínima por exceso de velocidad eran 4 años y correspondian al que la superaba en más del 100% y menos del 150% la velocidad de la via eran 3 años, y ahora rebajamos la minima de ese tipo a 2 años porque incluimos en el a los que superan la velocidad de la vía en un 50% al que le cayeron 3 años antes le siguen correspondiendo 3 años.
De hecho solo se pueden aceptar las revisiones de aquellas sentencia adonde conste expresamente que al reo se le condena " a la pena mínima" (por el motivo que sea), pues si no no hay revision posible pues la gradación para esos hechos cometidos dentro de ese tipo penal no ha variado, solo se han incluido otros menos graves.
diariolaley.laleynext.es/dll/2021/07/09/analisis-comparativo-acerca-de
Modificarla no serviría para evitar que se reduzcan las penas si se interpreta así la ley actual sirve para reducirlas, porque ya ha entrado en vigor. Otra posterior no evitaría lo que ahora se esté haciendo con la ley en vigor.