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El Gobierno cede ante el FMI y permite que Hacienda y Seguridad Social sufran quitas

El Gobierno ha hecho caso a una de las demandas del FMI respecto a las refinanciaciones de empresas: que Hacienda y Seguridad Social puedan sufrir quitas.

| etiquetas: gobierno , fmi , quitas , hacienda , seguridad social
  1. Pues en mi colegio electoral no vi ninguna papeleta del FMI... creo que me tangaron. :-/
  2. Perfecto! asi que actualmente lo único que no tiene quitas es la deuda de los españoles, la cual hay que pagar si o si... bien jugado...
  3. #1 En países desarrollados hay leyes concursales para las familias también. De hecho lo de parar desahucios es una tontería, mejor manifestarse por una Ley concursal para las familias.
  4. #5 Me he expresado incorrectamente, quería decir que menos quejarse de manera populista rollo parar desahucios y más pedir, votar leyes que realmente protejan a las personas y la economía del país.
  5. #5 ...o con violencia, porque estos no van a aceptar el resultado de las votaciones.
  6. #1 Ya se hacen quitas, esperas y refinanciación en los prestamos cuando un particular se declara en concueso de acreedores, pero en ese caso hacienda tampoco hace ni quitas ni esperas.

    "hay empresas que serían solventes gracias a un acuerdo de refinanciación con sus acreedores, pero que se ven abocadas al concurso porque no puede hacer frente a su deuda con Hacienda o Seguridad Social, y estos organismos no aceptan quitas, esperas, períodos de carencia ni ninguna otra medida para aliviar la carga del empresario, sino que se quedan con sus activos."

    Esto es aplicable tanto a las empresas como a las personas gracias a la nueva ley concursal que lleva años en vigor, el único requisito en ambos casos es tener ingresos que puedan hacer frente a la nueva deuda rebajada.

    #4 Evidentemente si no hay ingresos no es el caso. Las leyes concursales para las familias son válidas cuando hay ingresos.
  7. Acumular y atrasar deudas de impuestos o de seguridad social es una negligencia de administración o algo peor.

    El fondo ese no ha dicho que los impuestos deberían ser justos y proporcionados, ojo! Ha pedido que un determinado grupo de contribuyentes puedan pasar de pagarlos, si eso, ya tal.
  8. #8 Estoy hablando del tema de las hipotecas y ya sabemos que en general para esos casos la Ley concursal no sirve.
  9. #2 El FMI se presenta a las elecciones bajo las siglas PP o PSOE.
  10. ¿Y la quita de la deuda pública española, para cuándo?
  11. #10 La Ley concursal es para todos los prestamos y creditos que se tienen.

    Te refieres a prestamos con garantia hipotecaria, para la Ley concursal es un prestamo mas.

    Cometes el clasico error de pensar que una hipoteca es una deuda, una hipoteca es una garantia al igual que lo es una pignoración, y ninguno de los dos son deudas.

    De hecho puedes tener hipotecas y avales no tener deudas ni prestamos.
  12. #13 La Ley concursal establece que se puede ejecutar la hipoteca excepto para bienes que necesite el deudor para su actividad profesional o empresarial. Es decir, deja fuera a las familias que es de lo que estamos hablando por lo tanto sigue vigente, y mejor explicado, lo que he dicho previamente. La Ley concursal para familias no sirve.
  13. #14 Estás confundido con lo que es una Ley concursal.

    Al declararse el concurso de acreedores se paralizan todas las ejecuciones, se llegan a los acuerdos de quita y espera, y mientras se sigan cumpliendo los nuevos acuerdos no se ejecuta nada.

    Si se incumple con algún deudor se ejecuta parte de los activos, el último es el de bienes que necesite el deudor para su actividad profesional o empresarial, ya que esta es la que prevee los ingresos para que se pueda seguir pagando al resto de los deudores.

    Da igual que sea asalariado, autonomo, o propietario de una sociedad, si su vivienda tenia una hipoteca sobre un prestamo se ejecuta, lo que no se ejecuta son los bienes del autónomo o de la sociedad que aporta ingresos para seguir pagando el concurso.
  14. #16 Me parece que la confusión la tienes tú, te lo voy a poner fácil con una pregunta ¿en un concurso de acreedores para las personas físicas estás tienen que seguir atendiendo a las obligaciones hipotecarias y además estás siguen generando intereses por ser crédito privilegiado?
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