La Sala de Justicia del Tribunal Militar Central desestimó el recurso contencioso interpuesto por un teniente de la Guardia Civil que había sido condenado a dos meses de suspensión de empleo como autor de una falta grave por haber tratado de forma denigrante a un funcionaria que trabajaba en las oficinas de la Benemérita en el aeropuerto Reina Sofía de Tenerife. Entre otras salidas de tono, el oficial sancionado llegó a decirle que no «sabía sumar», que si no había ido «al colegio» y que, en caso de duda, «aquí mandan mis cojones».
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Art. 137 del código penal.
se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años, a los que en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
Dos meses frente a 2 años, 4 menos que el mínimo en la figura delictiva del acoso labora. ¿Qué leches ha sentenciado?
Por cierto, todo viene por no poner "Don" delante el nombre del GC.
Uno que pase por allá solo nota el viento en la cara y el grito benemerito (¡circulen!) que no parece venir a cuento de nada.