Tras la publicación del índice de precios de referencia del alquiler que publicó el Gobierno, ahora su puesta en marcha depende de las autonomías y permitirá limitar el precio de los nuevos contratos de alquiler en las zonas tensionadas donde existe riesgo de oferta insuficiente para la población y cuando la vivienda pertenezca a un gran tenedor o no haya estado alquilada en los cinco años anteriores.
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El alquiler de temporada tiene sus limitaciones. El piso tiene que estar para vivir, nadie va a aceptar entrar si el piso está incompleto y sabiendo que aún haciendo ese esfuerzo se tendrá que comer pronto otra mudanza. Luego, hay ubicaciones que en verano arrasan, pero a ver quién vive ahí en invierno.
El que lo haga legal, verá cuál de las dos le resulta más conveniente. Lo que no se puede hacer es disfrazar de temporal un alquiler habitual. Que es lo que más de un listo quiere, poder echar al bicho libremente y cuando le convenga. Ésta es la auténtica discusión y donde se mete el falso debate de la "inseguridad jurídica".
Esto también es el mercado. En "el mercao" se estila el "es lo que hay" y "no hay seguridad jurídica" cuando se quiere lo bueno de todo y lo malo de nada.