or su participación en la trama, el magistrado de la Audiencia Nacional impuso a Sepúlveda una responsabilidad pecuniaria de 3.370.577 euros. Recurrió, pero el tribunal ha desestimado su petición, por lo que este jueves por fin hizo un ingreso. Eso sí, de lo que se le pide, Sepúlveda ha hecho tan sólo un ingreso de 2.599,69 euros.
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Ellos nunca nos abandonarían.
TÍTULO X
De la responsabilidad civil de terceras personas
Artículo 615
Cuando en la instrucción del sumario aparezca indicada la existencia de la responsabilidad civil de un tercero con arreglo a los artículos respectivos del Código Penal, o por haber participado alguno por titulo lucrativo de los efectos del delito, el Juez, a instancia del actor civil, exigirá fianza a la persona contra quien resulte la responsabilidad. Si no se prestase, el Secretario judicial embargará con arreglo a lo dispuesto en el Título IX de este libro los bienes que sean necesarios.
Ir a Norma modificadora Artículo 615 redactado por el apartado sesenta y nueve del artículo segundo de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial («B.O.E.» 4 noviembre).Vigencia: 4 mayo 2010
¿Aqui no dimite nadie, ni aunque sea por decencia?