El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón ha accedido a la pretensión «con carácter urgente y sin oír a la parte demandada» de ordenar la retirada de la bandera lgtbi de la fachada del ayuntamiento
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etiquetas: juez , abogados cristianos , vox , denuncia , gijón , lgtbi , bandera
- La iluminación NAVIDEÑA (celebración nada objetiva del nacimiento de un personaje religioso concreto).
- El adorno de Carnaval (porque ofende a los sentimientos religiosos).
-Las procesiones de semana santa y domingo de ramos, por lo mismo que la navidad.
Etc, etc...
- La iluminación NAVIDEÑA (celebración nada objetiva del nacimiento de un personaje religioso concreto).
- El adorno de Carnaval (porque ofende a los sentimientos religiosos).
-Las procesiones de semana santa y domingo de ramos, por lo mismo que la navidad.
Etc, etc...
A rañala cristianiños.
Ahora bien los ultracatolicos estos son gilipollas, eso tambien.
Nada de lo que dices tiene que ver con el uso por parte de las administraciones de banderas no oficiales.
La navidad ya poco tiene que ver con la cristiandad, es una fiesta popular arraigada y no creo luces con renos y papá Noel tengan mucho de cristianos.
El carnaval no ofende nada y las procesiones las organizan las cofradías, no los ayuntamientos.
Pero toda la razón, aquí la culpa es del legislador no del juez
El problema viene cuando los fanaticos catolicos utilizan la ley para joder una reivindicacion que en general el conjunto de la sociedad entiende y apoya, pero el juez al haber denuncia no le queda mas cojones que aplicar la ley.
Así que cuando el equipo de fútbol de la ciudad gane un torneo tampoco podrán poner la bandera de su equipo.
Ha pasado muchas veces.
Eso sí, la demanda tiene pinta de estar medianamente bien fundada en derecho.
Llegamos tarde a la democracia, y por eso nos cuesta entender estas cosas.
Como dice mi hermano, este país es una puta mierda retrasada.
www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/28/colau_una_leccion_almeid
Buscalo en la ley de banderas y me lo enseñas.
Por cierto, la "bandera LGTBI" no es un a bandera ni se coloca como tal (mástil) sino que se cuelga de los balcones como muchos otros carteles.
Artículo donde se hace referencia a una sentencia del Supremo
En el caso de los ayuntamientos la ley prohíbe "ondear" otras banderas distintas de las oficiales, pero no dice nada de "exhibir" (sobre de un balcón por ejemplo). En otros edificios públicos la ley si que es más expecifica y prohíbe "ondear" y "exhibir" banderas distintas de las oficiales..
Hay una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 que prohibe colgar banderas no oficiales en el exterior de edificios públicos.
No tiene nada que ver con el resto de tus ejemplos.
1) La "bandera" LGTBI NO ES UNA BANDERA como tal, es solo un símbolo.
RAE: Bandera
1. f. Tela de forma comúnmente rectangular, que se asegura por uno de sus lados a un asta o a una driza y se emplea como enseña o señal de una nación, una ciudad o una institución.
dle.rae.es/bandera
2) Aunque lo fuera, la propia ley de banderas establece una diferencia clara entre "ondear" (de un mástil) y "exhibir" (sobre un balcón o fachada)
Ley de Banderas
Arte.3°
Dos. La bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado.
Tres. La bandera de España será la única que ondee en el asta de los edificios públicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Art.5°
Cuando los Ayuntamientos y Diputaciones o cualesquiera otras Corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto a la bandera de España en los términos de lo establecido en el artículo siguiente.
Art. 6°
Dos. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño
Aquí tenemos un ejemplo de una bandera "exhibida" y que rompe la neutralidad institucional.
Pero que vamos, aunque sea un símbolo más amplio, se cuelga como bandera, tiene forma de bandera,... así utilizado es una bandera.
Pero que si lo pone el ayuntamiento ni tan mal, la gente confunde aconfesionalidad con ateismo, las administraciones pueden apoyar y fomentar las religiones, lo que no pueden hacer es pronunciarse a favor de una.
Por eso cuando el ayuntamiento de Madrid promocionó el año nuevo chino, u otras formaciones en sus ayuntamientos felicitaron el ramadan y hubo gente que puso el grito en el cielo, a mi me pareció genial de la vida porque es el deber de las autoridades apoyar a todas las confesiones.
Tela de forma comúnmente rectangular, que se asegura por uno de sus lados a un asta o a una driza y se emplea como enseña o señal de una nación, una ciudad o una institución
Supongo que imponer que se retire una bandera que ya ha sido retirada evita grandes males a los abogados esos.
Y no hace falta que te diga por donde meterte tu condescendencia.