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Un juez declara improcedente (y no nulo) un despido injustificado en tiempos de Covid

Por el momento no existe doctrina jurisprudencial al respecto, y hasta que el Supremo se pronuncie en unificación de doctrina, el Magistrado del Juzgado de lo Social nº 26 de Barcelona considera que los despidos que tengan lugar en contravención en el art. 2 del Real Decreto Ley 9/2020 deben ser declarados improcedentes, y no nulos.

| etiquetas: juez , despido nulo , despido improcedente , covid , jurísprudencia , supremo
  1. Todo muy bonito hasta que te lees el artículo en cuestión y no dice nada de nulidad o improcedencia, sino que no se consideran causas justificadas para un despido objetivo, y por tanto será improcedente.

    Si se hubiera querido que estos despidos fuesen nulos, se habría redactado de manera que no fuera interpretable este punto, ya que las causas de nulidad están bastante acotadas.

    El "prohibido despedir" que se decía cuando se publico este decreto, no era mas que marketing.
  2. El trabajador era chofer en una empresa del sector del mueble y le echan por despido disciplinario, sin que la empresa haya tratado de acreditar la supuesta infracción del trabajador. Vamos, le despide porque quiere, sin ninguna causa. Y la diferencia entre un despido improcedente o nulo es que te dejen en la calle con cuatro euros o te readmitan.
  3. #2 Vamos, nada que ver con la COVID y la no-prohibición de despedir.
  4. #2 me remito a mi anterior comentario, es una putada para el trabajador, SI, debería cambiar la ley para que al menos se esforzaran en disimular y poner una causa mas o menos creíble, TAMBIÉN.

    Pero es que ni la legislación laboral previa al confinamiento, ni la legislación que aprobada para el covid dicen que esté prohibido despedir, por mucho que lo haya pregonado la prensa.
  5. #1 Bueno. Esto es como lo del control horario. Parece mu bonito hasta que te pones a mirar literalmente lo que dice. Y sólo dice que "la empresa registrará". No dice que el empleado tenga que fichar ni que deba haber algún mecanismo para que los datos registrados sean exactos. Pues lo mismo con los despidos.
  6. #4 De acuerdo con tu reflexión, que nos lleva a la conclusión de que el despido es libre en España y bastante barato; y a que hay que derogar la reforma laboral y los cambios normativos en el Estatuto de los Trabajadores que han descausalizado el despido.
  7. #1 Interpretable no me parece que sea. No cabe la interpretación de que el despido en esas circunstancias es nulo, el despido solo es nulo en los supuestos que dice expresamente la ley.
  8. #5 Y así todo
  9. #7 Pero eso es lo que intenta dar a entender el artículo, que "no esta claro".

    Ya pongo en mi comentario en #_1 que si hubieran querido que esos despidos fueran nulos habrían redactado la ley de otra manera.
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menéame