La magistrada María Begoña Calvet argumenta que en su opinión la concesión del puesto fijo en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera (aunque sin el reconocimiento de ese título) es la única solución que cumple con las condiciones que establece la justicia europea: acordar una sanción proporcionada, pero también lo bastante efectiva y disuasoria al abuso.
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Por último, la jueza también descarta que la indemnización sea una sanción válida. "Establecer una indemnización que fuera lo suficientemente eficaz y disuasoria, y que además protegiera debidamente al empleado público, alcanzaría una cifra tan elevada que difícilmente podría ser satisfecha por la Administración", recoge la sentencia.
Por ahora los sindicatos se contradicen: por una parte ofrecen sus servicios jurídicos y por otra hacen llamamientos a la Administración para que acelere los procesos selectivos de concurso-oposiciones sabiendo que la sentencia del TJUE los rechaza como sanción.
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