Actualidad y sociedad
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El jurado considera que la mujer que mató a su marido en Chiclana sufrió un arrebato

El jurado ha declarado culpable de asesinato a la mujer que mató a su marido en Chiclana tras golpearle la cabeza en repetidas ocasiones con un rodillo de amasar. Los miembros del tribunal popular han dado por probado que el 26 de septiembre de 2018 la procesada golpeó a su marido con el rodillo mientras éste dormía. Después le atravesó el cuello con un cuchillo de 14 centímetros de hoja y lo asfixió con el mismo rodillo.

| etiquetas: atenuantes , obcecación
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  1. Eso no es un agravante en otras cosas?
  2. Maderoterapia extrema. Pues nada que que le manden unas pastillas para que no tenga más arrebatos y para casa.
  3. #3 Voy a disfrutar tu ejecución. xD
  4. Poco le hizo a ese machirulo que seguro que hasta roncaba.
  5. #4 indulto asegurado
  6. #3 Por lo visto quería que supiera lo que se siente al sangrar como si no hubiera mañana.
  7. Si esperó a que se durmiera no fue un arrebato, si llevó el cuchillo y el rodillo no fue un arrebato.
    No valoro si él la maltrataba o no, pero esa no es excusa y creo que queda claro que fue premeditado.
  8. "Como ya hiciera en su escrito de calificación inicial, la Fiscalía ha solicitado que la mujer sea condenada por un delito de asesinato alevoso con agravante de parentesco a 20 años de prisión. La acusación pública también ha pedido que se le retire la patria potestad respecto a su dos hijos menores de edad y su destierro de Chiclana"

    Hay que proteger a esos menores de su madre...
  9. La Fiscalía ha solicitado que la mujer sea condenada por un delito de asesinato alevoso con agravante de parentesco a 20 años de prisión.
    Pero es mucho mejor comentar cómo si la noticia es que la han absuelto.
  10. #14 Lo que se comenta es como cala en la sociedad (el jurado) la idea de que la violencia per se es estrictamente masculina, y que si alguna mujer recurre a ella es por motivos justificados o alteraciones psíquicas y psiquiátricas. En cambio si el violento es un hombre es, por definición legal y jurídica, por machismo.
  11. #3
    Estas son las cosas por las que nunca te contratarán en este sitio...

    Ni tendrás un :ferrari:
  12. #3 la segunda frase es de parguelas... O lo dices o no lo dices, no vienes luego con algo que te valga de exoneracion
  13. #1 Debe ser que tiene un buen abogado que ha sabido defender sus derechos femeninos correctamente.

    El abogado que ha defendido a la procesada en este asunto, Carlos Zambrano, diputado nacional de Vox por Cádiz en el Congreso, ha planteado una condena máxima de ocho años. El letrado ha subrayado que la encausada "no supone un peligro para la sociedad, por lo que su estancia en prisión no tendría como fin último su reinserción y rehabilitación".

    Y ahora, en un giro de guión sin precedentes, las que se sientan a :popcorn: :popcorn: :popcorn: son las feminasis para ver qué disen tos los que han llegado a esta noticia a llorar de lo feminasi que es todo xD

    #YaNoNosQuedaNiVox
  14. #16 Esto es idéntico a cuando la gente se queja de "en el titular pone muere, no asesina, nos están manipulando". Puedo encontrar ejemplos de noticias en las que este atenuante es usado. Otros ejemplos en los que es rechazado. Otros ejemplos en los que ni se plantean usar ese atenuante.
    A ti esos ejemplos no te van a importar, tú has decidido montar un discurso ideológico en base a un detalle de un juicio del que aún no se ha dictado sentencia.
  15. #17 Y nunca podrá presentarse en unas elecciones para alcalde.
  16. Yo me pregunto para qué tanto estudiar para llegar a ser juez, si luego cualquiera puede ser miembro de un jurado popular.
  17. Espero que el próximo arrebato lo tenga en la cárcel...
  18. #16 En tu cabeza suena bien, si no fuera porque estos atenuantes son muy habituales incluyendo en sentencias por violencia de género:

    www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-penal/penal/atenuante-de-
  19. #20 la ley no funciona así. Si la ley está mal, está mal y da igual el color del abogado defensor. Si es de vox, como si es de podemos. Es un profesional que hace su trabajo.
    Pero en este caso parece que hay condena. No veo ese giro de guión para el que has preparado tantas palomitas.
  20. Como ha cambiado el cuento... En mi época "impulso" era cuando un desconocido te regalaba flores, aunque eso imagino que hoy será delito de acosoviolentomachista o algo así.
  21. Vaya tela!
  22. #27 la ley no funciona así

    ¿Así, cómo? No entiendo qué quieres decir.

    Si la ley está mal, está mal

    ¿Qué ley "está mal", y por qué?

    Si es de vox, como si es de podemos. Es un profesional que hace su trabajo.

    No sé, shur. No me veo yo a un abogado podemita o izquierdista defendiendo por ejemplo a un neonazi por asesinar a un mendigo. Lo que sí veo yo aquí es un abogado que no es que sea voxeneta, es que es un puto cargo del Partido, defendiendo a una fulana que ha asesinado a su marido dándole con un rodillo de cocina en la cabeza, atravesándole el cuello con un cuchillo de cocina y después ahogándolo con sus propias manos.

    En mi opinión esa zorra debería dar con sus huesos en Prisión Permanente Revisable, y al llegar el año de la revisión cascarle un "NO, te quedas". Pero parece ser que en la opinión de este señor militante de ese partido Vox que dice defender a los hombres de las feminazis blablabla sólo merece unos añitos de cárcel (saldrá antes, por supuesto). Me parece cuanto menos curioso. Muchos de los votantes voxenetas por cierto dicen que votan a Vox para acabar con cosas como ésta. Tampoco es que me espere coherencia alguna de un votante de derechas, ya sé que sólo votan por joder a los rojos, pero aún así...

    No veo ese giro de guión para el que has preparado tantas palomitas.

    Bueno, es que yo cuando he entrado a la noticia lo primero que he visto al club diestro de Menéame reunido ya poniéndose la venda antes de la herida diciendo que si les iban a banear, que si aquí teníamos otra muestra de nosequé... todos chupándose las p0ll45 los unos a los otros. Ahora resulta que la sentencia es gracias a un abogado defensor de la asesina que es de Vox, su partido antifeminazis favorito que gana elecciones porque los rojos tontos somos unos feminazis. Tú me dirás si hay o no hay giro de guión.

    :popcorn: :popcorn: :popcorn: :popcorn:
  23. #4 Me da la sensación de que le tenía ganas
  24. #13 te agradecería un resumen luego
  25. ay que curpica tendrá el probe  media
  26. #26 No estoy hablando de atenuantes, que obviamente pueden ser utilizados por hombres y mujeres, sino del mensaje mediático. Aquí están diciendo que el jurado cree que la mujer pudo sufrir una enajenación transitoria, mientras que cuando el asesino es un hombre automáticamente se utiliza la expresión "violencia machista".

    En la mayoría de los comentarios que hago al respecto lo que pido es precisamente que se estudie cada caso aisladamente. No para aplicar atenuantes, que muchas veces no los hay, sino para encontrar el motivo real de la agresión, ver si es extrapolable y actuar en consecuencia para intentar evitar más casos.
  27. #34 Pues si no hablas de atenuantes, y has leído la noticia, es una condena a 20 años por asesinato.
  28. #35 La Fiscalía pide veinte años, que no es lo mismo que decir que la han condenado a veinte años. En cambio el abogado defensor pide una pena de ocho años máximo.

    No soy jurista ni abogado, así que no sé si en esos veinte años que piden están incluidos los atenuantes. La alevosía es un agravante que no sé hasta que punto es compatible con un arrebato* -la confesión también es un atenuante pero es compatible con los agravantes-. Quiero decir que si le aplican el atenuante de obcecación es muy probable que no le apliquen el agravante de alevosía.

    * "1. Modalidades de asesinato alevoso
    Como señalamos anteriormente, la jurisprudencia distingue tres modalidades de asesinato alevoso: a) el proditorio, caracterizado por la emboscada, el acecho, el apostamiento o la acechanza, que comporta una cierta deliberación y trazado de un plan delictivo, con ocultamiento del agente en lugar propicio a la espera de la víctima; b) el asesinato aleve, por sorpresa, caracterizado por el ataque súbito e inesperado, con total falta de prevención por parte del afectado, dado el modo repentino o inopinado de la agresión, se halle aquél de frente o de espaldas, no existiendo indicio que permita presagiar al afectado la realidad e inminencia de semejante agresión impeditiva de todo intento defensivo, y c) el asesinato con aprovechamiento de desvalimiento o indefensión del ofendido no provocados por el agente, siendo aquél de corta o avanzada edad, o hallándose enfermo, durmiendo, embriagado, narcotizado o en situación semejante "


    vlex.es/vid/comentario-articulo-codigo-penal-69086503
  29. #35 Y añado que a lo que me refiero es al concepto social. Cuando un hombre es acusado de maltrato ya cuelga con esa etiqueta de por vida. A esta mujer ya le están poniendo, socialmente, la disculpa de un arrebato además de la de ser víctima de violencia de género, aunque esto no se haya podido demostrar.
  30. #36 Pensé que ya era la condena.

    La pena máxima son 25 años, por lo que en esos 20 ya se incluyen esos atenuantes. Pero efectivamente se puede condenar a menos años.
  31. #12 otra locura.
  32. #7 ¿"Rebajado"? ¿Militar?
  33. #30 Perdona, se me pasó contestarte. Me voy a aprovechar de que han pasado unos días, a ver si te pillo de buenas para dialogar.

    El abogado defensor es una figura necesaria para la administración de justicia. Éste tiene el deber de velar por los intereses de su cliente, no de impartir justicia. En un sistema judicial avanzado el abogado defensor velará por los intereses de su cliente a pesar de que conozca detalles del actuar de su cliente que no se ajusten a la ley. Esto garantiza la defensa de un individuo en el proceso a pesar de que no tenga conocimientos de leyes ni procesos legales.

    Pero en el caso que tú comentas es que tampoco es competencia del poder judicial el cambiar las leyes, o tener opinión sobre si son justas o injustas. Para eso están los poderes ejecutivo y legislativo (en España están demasiado mezclados).

    En este caso el abogado puede tener opinión sobre la ley que le toca administrar, y puede opinar que es injusta, pero tiene un código deontológico que le obliga a aprovecharla en interés de su cliente. No hay incoherencia si al mismo tiempo milita en un partido político (con aspiraciones de intervenir en los poderes ejecutivo y legislativo) que trata de revertir o cambiar esa ley que considera injusta a pesar de que puede aprovecharla en beneficio de sus clientes.

    En este caso el fallo es de la defendida, que quizás debería haber elegido otro abogado, ya que éste pudo haber presentado escrúpulos a la hora de velar por sus intereses. Sus razones tendrá para esta elección.
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