Los ayuntamientos de Madrid, París o Bruselas no tienen “potestades” en materia de homologación de vehículos por lo que su recurso contra el reglamento de la Comisión Europea que fija nuevos límites de emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) para turismos y vehículos comerciales ligeros, adoptado a raíz del escándalo del “dieselgate”, es inadmisible. Es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal de Justicia de la UE que en una sentencia publicada este jueves ha anulado el fallo del Tribunal General que en primera instancia dio parcialmente...
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Entiendo que los ayuntamientos si pueden limitar la entrada de vehiculos contaminantes, como ya hace Madrid o Barcelona por ejemplo, pero no puede entrar en cambiar las condiciones de homologación:
"Los ayuntamientos de Madrid, París o Bruselas no tienen “potestades” en materia de homologación"
Vamos, que lo que cuentan para ese acceso son las etiquetas ambientales homologadas, y no otra cosa.