El fiscal pedía 14 años por agresión sexual, pero el hombre que violó a su sobrina fue condenado a cuatro por abuso sexual.El debate en torno a la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual que ha abierto el caso de La Manada se hace también vigente en los casos en los que las víctimas son menores, casos que cuando llegan a juicio son tipificados como abuso sexual, y rara vez como agresión.La interpretación de los agravantes y de (... ) del Código Penal se miran con una óptica distinta a la de otras profesiones. .
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etiquetas: código penal , agresiones sexuales a la infancia
No existe el término "violación" cojones, violación violenta: agresión, violación no violenta: abuso. Eso es lo que dice la Ley.
"De las agresiones sexuales
Artículo 178
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."
Qué puto asco de cuñados de mierda.
Y esto lo he puesto en otros hilos, pero aunque es posible que un niño (neutro) sea un peligro y haga cosas incorrectas por desconocimiento, un adulto (neutro) SUPUESTAMENTE, entiendo que algunas cosas NO SE DEBEN HACER. Por eso, aunque una persona pueda ir provocando (he tenido 15 años), un adulto debe saber cuándo parar.
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."
legislacion.vlex.es/vid/ley-organica-codigo-penal-126987#section_56
Que salga el término 'reo de violación' no invalida lo que dice #2. El debate, con las palabras del código penal, sería abuso vs agresión.
Quizás lo que aprendimos todos con el caso de la manada fueron precisamente los términos. Cuando es una cuestión de asesinato creo que lo tenemos más claro porque todos los días del año se habla de ello en el telediario y el ciudadano medio lo tiene más asumido. Hasta que pase algo que de nuevo haga saltar a la gente.
Que parece que os habeis quedado en la primera etapa de Wittgenstein y el puto Tractatus! Que pasa que no se da en la carrera de políticas/sociología?
Metéros lo siguiente en la cabeza: «Los límites de mi lenguaje NO son los límites de mi mundo».
#8 No, la violación está también en el Codigo Penal vigente como tipo agravado. Así que será hasta donde tú no sabes. Te devuelvo el negativo.
Un adulto al que un menor (17 años, por ejemplo) le esconde su edad, no lo puedo considerar violación tampoco (como el caso de la italiana bastsnte reciente).
Menores de 14 años y mayores de 20 (por muy consentido que fuera) ? Me parece más alejado de lo permisible y casi que me daría igual el contexto (como si están casados en 180 religiones que lo permitan). A partir de 16 empiezo a verlo bastante menos claro, porque algunas personas tienen una mentalidad suficientemente desarrollada, pero en diferencias de edad altas (10+) ,sigue siendo bastante preocupante que una parte se esté aprovechando de la falta de experiencia de la otra.
Y sobre lo de dejar que lo juzgue una institución en lugar de la ley vigente (véase iglesia o ejército...) pues ni de coña. No podemos meter en el saco de "crímenes de guerra" abusar de menores o forzarlos a prostituirse, y si lo encubren, castigo absurdo a la institución Y a los culpables.