En las sociedades avanzadas, la prisión preventiva es una medida excepcional, y lo que debe motivarse con razones seguras es la cárcel, y no su sustitución por otras medidas. (...) La libertad provisional no es un beneficio que se concede al acusado. Es al contrario. La prisión preventiva es una medida que o bien se justifica en esas causas que he expuesto, o comporta una vulneración de los derechos del acusado. Y esto está bien que sea así. No se trata de invocar el argumento legal o constitucional a ciegas, o porque sí.
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Comencemos por lo que no admite discusión: los acusados del caso La Manada han sido condenados a nueve años de prisión por abuso sexual.
#3 Yo lo he copiado tal cual. ¿Qué tiene de sensacionalista? Es un artículo sobre la libertad provisional de la manada en el que un profesor de derecho expone riesgos y dudas.
Pues el autor debe de haberse quedado flipando hoy cómo el Guardia Civil y su abogado se han disparado al pie respecto a esta medida pasándose por la oficina de expedición de pasaportes sin avisar de antemano al tribunal de que no era para fugarse.
Su inutilidad no ha hecho más que justificar estúpidamente la necesidad de esta medida.
Es mi opinión, ni he votado ni nada.
#9 Provisional. Libertad provisional: www.quo.es/ser-humano/libertad-provisional
Pero ya digo, es solo una opinión.