Se trata de una de las mayores presuntas estafas en telefonía móvil llevadas a cabo en las útimas décadas en España: 30 millones de euros defraudados a más de un millón de ciudadanos a través de aplicaciones que realizaban llamadas y envíos de SMS prémium sin consentimiento expreso de los usuarios. La trama, desmantelada recientemente por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en la llamada operación Rikati.
|
etiquetas: sms premium , estafa , maserati , billy mobile , monsan
Y no se engañen, que primero fue Timofónica y Robafone, que son los que te quitan el dinero de la cuenta y cuando se lo reclamas te dicen que no es su problema, que hables con la empresa que te está timando.
Una estafa creada y amparada por las telecos, las que por defecto permiten que estos piratas usen nuestra cuenta con ellas para estafar.
Juzgados de Instrucción
VALLADOLID.–NÚMERO 3
Juicio de Faltas: 411/2004.
Número de Identificación Único: 47186 2 0300692/2004.
Doña Covadonga Yágüez Santiago, Secretaria del Juzgado deInstrucción número tres de Valladolid.
Doy fe y testimonio:Que en el Juicio de Faltas n.º 411/2004 seha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva dice:
Que debo condenar y condeno a Jaime Montané Rodríguez,como legal representante de Aplicaciones del Servei Monsán,
S.L., como autor de una falta de estafa del Art. 623.4 del CódigoPenal, a la pena de un mes de multa, a razón de 12 euros por
cada uno de ellos, a abonar en el plazo de un mes desde que una vez firme la Sentencia sea requerido para su pago, con responsabilidad
subsidiaria, caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, condenándole a que
abone a María Isabel Carrión del Campo la cantidad de 2,57euros, más los correspondientes intereses legales, así como al
pago de las costas procesales.
Que debo condenar y condeno a Jaime Montané Rodríguez, como legal representante de Aplicaciones del Servei Monsán, S.L.
como autor de una falta de estafa del Art. 623.4 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 12 euros por cada uno
de ellos, a abonar en el plazo de un mes desde que una vez firme la Sentencia sea requerido para su pago, con responsabilidad
subsidiaria, caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, condenándole a que abone a
María Antonia del Amo Rodríguez en la cantidad de 2 euros, más los correspondientes intereses legales, así como al pago de las
costas procesales.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Eduardo Luis Davo Martínez, como legal representante de Celular
Móvil, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Valladolid, a
once de abril de dos mil cinco.–La Secretaria, Covadonga Yágüez Santiago.
2848/2005