Competencia ha resuelto que la empresa participó en el reparto de cuotas de exportación y pactó precios, repartió clientes e intercambió información para subir precios.
El que ha escrito la noticia me tiene un poco desconcertado. Habla de plazo de caducidad y de plazo de prescipción con total albedrío cuando son muy distintas.
De todas formas, cabe recurso contencioso-administrativo, y parece que el plazo de prescipción se ha cumplido. Es decir, que nos enteraremos en un año que el procedimiento sancionador no es acorde a derecho y no habrá pasado nada.
derecho.isipedia.com/primero/derecho-civil-i-1/derecho-civil-i/08-la-p
De todas formas, cabe recurso contencioso-administrativo, y parece que el plazo de prescipción se ha cumplido. Es decir, que nos enteraremos en un año que el procedimiento sancionador no es acorde a derecho y no habrá pasado nada.
Win win.