Con un extenso informe de 97 páginas, la Agencia Española de Protección de Datos acaba de anunciar una nueva multa récord, en este caso para Vodafone España, S. A. U., la filial nacional de la empresa de telecomunicaciones británica. Tras el análisis de las denuncias presentadas ante la agencia, esta castiga a la compañía a pagar algo más de 8 millones de euros por saltarse hasta tres normas relacionadas con la protección y el uso de datos personales.
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etiquetas: infracción , protección de datos , multinacional telecomunicaciones
No recibo ningún correo comercial no deseado.
No recibo ningún SMS no deseado.
Si recibo algún mail no deseado, me doy de baja y nunca mas me molestan.
Pero en el tema de llamadas, UNA PUTA PESADILLA CON VODAFONE. Me llaman 1 - 2 veces a la semana desde Vodafone. Les digo que estoy en la lista Robinson, y me dicen que no. Siguen con su discurso comercial, insisto y me dicen que si me llaman es que no estoy en la lista Robinson.
Pongo una queja en el twitter de Vodafone, y SIEMPRE me dicen lo mismo, que desde el número que me llaman no les aparece como de su red comercial.
Se hacen los locos con las reclamaciones, pero si desde esa línea le dan unos cuantos contratos, los aceptan sin problemas.
Aunque me regalen la linea los de Vodafone, ni loco me voy con esa compañía.
Página 95:
IMPONER a VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., con NIF A80907397, por una infracción del Artículo 28 del RGPD en relación con el artículo 24 del RGPD, tipificada conformeel artículo 83.4.a) del RGPD con sanción administrativa de cuantía cuatro millones de euros (4.000.000 €).
IMPONER a VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., con NIF A80907397, por infracción delartículo 44 del RGPD tipificada conforme el artículo 83.5.c) del RGPD, con sanción administrativa de cuantía dos millones de euros (2.000.000 €).
IMPONER a VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., con NIF A80907397, por infracción del artículo 21 de la LSSICE, tipificada como grave en el artículo 38.3.d) y c) de dicha norma con sanción de cuantía ciento cincuenta mil euros (150.000 €)
IMPONER a VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., con NIF A80907397, por infracción del artículo 48.1.b) de la LGT, en relación con el artículo 21 del RGPD y artículo 23 de la LOPDGDD, tipificada como grave en el artículo 77.37 de la LGT con sanción de cuantía dos millones de euros (2.000.000 €).
ORDENAR a VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., con NIF A80907397, para que, en elplazo de seis meses a contar desde la notificación de la presente Resolución, acredite ante esta AEPD que ha ajustado a lo dispuesto en el RGPD y LOPDGDD todas las operaciones de tratamiento analizados en el presente procedimiento referidos los artículos 17, 21, 24, 28 y 44 a 49 del RGPD y 12, 15, 18, 23, 40 a 43 de la LOPDGDD.
...argumentan. "Además, queremos subrayar que Vodafone trata con las máximas garantías de confidencialidad y privacidad los datos de sus clientes".
No dudo lo de los datos de sus clientes. Lo que pasa es que los que han reclamado no lo son. La gente que ha denuncado son los que están hartos de llamaditas continuas de Vodafone, de la que NO son clientes.