La conformidad en España es muy diferente al pacto con la Fiscalía de EE UU, que estamos acostumbrados a ver en las películas.
En España no se exige nada, ni colaboración con la investigación, ni delación de otros "colaboradores", ni devolución de lo robado, ni...., en fín no exige NADA. Sólo le evita al fiscal, al tribunal y la jurado, en su caso, finalizar la tarea encomendada, cuando ya se ha hecho todo el trabajo y sólo queda la firma.
#4 ¿De donde has sacado eso de la Lecrim creo que no? ¿Como que no se exige? Se reconocen unos hechos culposos sin necesidad de demostrarse ante el juez, y a cambio de ello se pacta una pena. Dicha pena puede ser mayor o menor dependiendo del grado de participación reparación del daño etc etc.
#2 En España es tradición que la gente bien sea juzgada y condenada con otra vara de medir... y el resto de la gente, los que son juzgados con la otra vara, votan para que el sistema se mantenga igual.
No se cual de las 2 tradiciones me parece más repugnante.
#7 Lo he escuchado en directo (no cabe por tanto interpretación del mensajero) en los pasillos antes de entrar a juicio oral:
Fiscal al abogado defensor -- si se declara culpable pido la pena mínima.
Abogado -- Vale.
Minutos más tarde lo ratifican ante el tribunal y éste ha de condenar "lo que pide la acusación", que suele ser sólo el fiscal.
No creo que esto esté regulado en la LECr, pero es práctica habitual desde hace décadas.
Se ahorran trámites, se ahorran recursos a tribunales superiores (porque hay conformidad), y, sobre todo, se ahorran tiempo. Que los juicios los programan cada cuarto de hora en las salas de vistas.
Al trullo
En España no se exige nada, ni colaboración con la investigación, ni delación de otros "colaboradores", ni devolución de lo robado, ni...., en fín no exige NADA. Sólo le evita al fiscal, al tribunal y la jurado, en su caso, finalizar la tarea encomendada, cuando ya se ha hecho todo el trabajo y sólo queda la firma.
No se cual de las 2 tradiciones me parece más repugnante.
Astalculo ya de la neolengua
Fiscal al abogado defensor -- si se declara culpable pido la pena mínima.
Abogado -- Vale.
Minutos más tarde lo ratifican ante el tribunal y éste ha de condenar "lo que pide la acusación", que suele ser sólo el fiscal.
No creo que esto esté regulado en la LECr, pero es práctica habitual desde hace décadas.
Se ahorran trámites, se ahorran recursos a tribunales superiores (porque hay conformidad), y, sobre todo, se ahorran tiempo. Que los juicios los programan cada cuarto de hora en las salas de vistas.