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Plusvalía municipal: El TC avala que la escritura sirva como prueba para evitar la plusvalía municipal

En una nueva sentencia, el Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a un contribuyente que solicitó la devolución de la plusvalía municipal. Las escrituras que acreditan que el precio de compra y de venta de un inmueble ha sido inferior al de adquisición, es decir, para acreditar que la transacción ha provocado pérdidas al vendedor, son suficientes para que este quede exento del pago de la plusvalía municipal y, en aquellos casos en los que un ayuntamiento considere lo contrario, deberá ser este quien demuestre que hubo plusvalía.

| etiquetas: plusvalia municipal , escritura , prueba
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  1. Y como se escrituraba a la baja ...
  2. Da la impresión que no es mas que facilidades para los tramposos...
  3. #2 También da facilidades a los que no hacen trampas y se encuentran con que el ayuntamiento les reclama el pago de una plusvalía porque sí. Que también es un caso demasiado habitual, ya que el ayuntamiento te la calcula en base a un valor catastral totalmente irreal y desactualizado en la mayoría de los casos.

    Lo que no puede ser es que te cobren lo que les salga a ellos de los cojones, y encima seas tú quien tenga que demostrar que el piso vale lo que vale. Eso genera indefensión. Si el ayuntamiento cree que has hecho trampas, que lo demuestre él, que tiene medios para hacerlo.
  4. #3 Pues a eso vamos. a ver si a ti te va a seguir costando vientos y mareas y a otros que vengan recomendados no...
  5. Los médicos van de culo. :troll:
  6. #3 Acaba de pasarle a un familiar mio, compró a un precio y pagó el impuesto de plusvalía correspondiente. El valor catastral también le adjudica ese precio a la vivienda. 3 años mas tarde le ha llegado una carta reclamándole una plusvalía mayor de la que pagó porque sí, porque consideran que compró por debajo del precio que ellos creen (aunque era el precio reflejado en el catastro...). Y además le reclaman 600 € extra por intereses de demora. Para fliparlo...
  7. #6 La típica seguridad jurídica del típico estado de derecho propio de la típica democracia plena... ¬¬
  8. #6 Lo que dices no tiene ningún sentido. La plusvalía se paga en función del valor catastral de la vivienda y el número de años que la tienes como titular. Da igual el precio al que la vendas. Sólo si tienes perdidas se puede evitar su pago aunque hay que pelearlo.

    Si pagó plusvalía en su día ahora no le pueden reclamar más. A ver si se trata de otro impuesto y es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
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