El acuerdo de la autoridad disciplinaria, aprobado por unanimidad por la Comisión Permanente, afirma que "mostrar preocupación por la separación de poderes y la independencia judicial carece de trascendencia disciplinaria"
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etiquetas: poder judicial , independencia judicial , apolítica , balanza , igualdad
Los prevaricadores del CGPJ avalan que los jueces afines a las asociaciones más casposamente retrógradas prevariquen igual que ellos. No lo afirmo yo, lo afirma su comunicado:
""""El artículo 418.3 de la ley del Poder Judicial, que considera falta grave “dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición”. El argumento utilizado es que no se dan, en este caso, los elementos que convertirían en sancionable la conducta de los jueces: ni las concentraciones ni las declaraciones tienen como destinatario “un poder del Estado”, ni se dan en ellas “críticas
o censuras”.
¿Alguien, en su sano juicio, se puede creer que personajes que se comportan, con más frecuencia de la deseable, como ratas poseídas por el maligno cuando el barco empieza a hacer aguas mucho antes de hundirse, no iban a llevar a cabo las prevaricadoras y sancionables manifestaciones que hicieron hace unas semanas SIN EL VISTO BUENO DE LOS PRESUNTOS DELINCUENTES DEL CGPJ?
Que no cuela, togados!!! Un camión cisterna de zotal hace falta para hacer la limpieza que no se hizo en la "modélica transición" !!!
es.wikipedia.org/wiki/Recusación#:~:text=La recusación es dentro del.