José Manuel Sánchez Fornet, secretario general del Sindicato Unificado de Policía (SUP), la central sindical mayoritaria del cuerpo, afirmó ayer en la red social Twitter que el gobierno de José María Aznar vendió armas a ETA en dos ocasiones.
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Posteriormente, rectificaba sus intenciones y hablaba de la intención real del Gobierno Aznar al vender armas a ETA. "No es que el Gobierno de Aznar vendiera armas a ETA porque sí... Eso es un disparate. Las vendía porque eran armas balizadas -con GPS-, que permitían seguir el rastro de la banda y llegar al almacén. Ese era el objetivo. Esto lo hemos explicado más de una vez, pero eso no entiendo el revuelo de ahora".
www.meneame.net/story/vendio-explosivo-eta-desde-policia-gobiernos-azn
www.meneame.net/story/sanchez-fornet-aznar-vendio-dos-veces-explosivos
www.meneame.net/story/quizas-pueda-explicar-vendio-explosivo-eta-dos-o
Esto no es USA, y aquí, inducir al delito, es delito
Si estaban inutilizadas no hay problema
Si estaban operativas es un delito, que podria complicarse mucho si esas armas se utilizaron en algún asesinato
Codigo penal
Artículo 576.
1. Será castigado con las penas de prisión de cinco a diez años y multa de dieciocho a veinticuatro meses el que lleve a cabo, recabe o facilite cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una organización o grupo terrorista.
2. Son actos de colaboración la información o vigilancia de personas, bienes o instalaciones; la construcción, el acondicionamiento, la cesión o la utilización de alojamientos o depósitos; la ocultación o traslado de personas vinculadas a organizaciones o grupos terroristas; la organización de prácticas de entrenamiento o la asistencia a ellas, y, en general, cualquier otra forma equivalente de cooperación, ayuda o mediación, económica o de otro género, con las actividades de las citadas organizaciones o grupos terroristas.
Cuando la información o vigilancia de personas mencionada en el párrafo anterior ponga en peligro la vida, la integridad física, la libertad o el patrimonio de las mismas, se impondrá la pena prevista en el apartado 1 en su mitad superior. Si llegara a ejecutarse el riesgo prevenido, se castigará el hecho como coautoría o complicidad, según los casos.
3. Las mismas penas previstas en el número 1 de este artículo se impondrán a quienes lleven a cabo cualquier actividad de captación, adoctrinamiento, adiestramiento o formación, dirigida a la incorporación de otros a una organización o grupo terrorista o a la perpetración de cualquiera de los delitos previstos en este Capítulo.
Como vemos, no hay excepciones, y no tengo conocimiento de que las haya en otras leyes
Otra que sabe todo el mundo es cuando cayó Mikel Antza, en octubre de 2004. Allí había habido de todo, venta de material de seguimiento, infiltrados, seguimientos de años… En la página 97-98 puedes ver más del caso www.statewatch.org/news/2005/jan/mirbal2004eta.pdf Este fue uno de los mayores golpes a ETA de su historia, aunque una cosa que siempre ha tenido ETA ha sido una enorme capacidad de regenerar sus estructuras militares, prueba de ello es que al año siguiente volvían a estar medio fuertes y haciendo atentados gordos.
El gobierno es ETA