#4 El abogado de la manada de Gijón amenaza con demandar al presidente del Principado o la alcaldesa de Gijón: "Se dicen barbaridades y tienen responsabilidades.
#5 España ya ha sido condenada por la UE por lo mismo que estan diciendo el abogado como señala #6:
“El derecho a la presunción de inocencia (...) exige que ningún representante del Estado o de la autoridad pública declare que una persona es culpable antes de que su culpabilidad haya sido establecida por un tribunal”.
#23 por un lado tenemos un debate "¿Son las medidas cautelares que decreta un juez o una ley una vulneración de la presunción de inocencia?
Y por otro lado tenemos otro "¿Puede un representante público pronunciarse sobre la culpabilidad de un acusado antes de que sea condenado?"
Creo que en este meneo de estaba hablando del segundo tema.
Pero vamos al lío.
Las medidas cautelares limitan algunos de tus derechos fundamentales porque se considera que hay riesgo de fuga, de destrucción de pruebas, etc. Pero no tiene nada que ver con el daño al honor que supone que se te señale públicamente como culpable.
Como muestra, en la noticia que nos ocupa el abogado no está diciendo que la prisión provisional para dos de los acusados sea contraria a la presunción de inocencia.
#19 Hará hace ya bastante tiempo, cuando pasaba horas en el Call of Duty, siempre miraba la munición que me quedaba para asegurarme que tenía siempre la escopeta cargada.
Ese estilo...
“El derecho a la presunción de inocencia (...) exige que ningún representante del Estado o de la autoridad pública declare que una persona es culpable antes de que su culpabilidad haya sido establecida por un tribunal”.
www.europapress.es/nacional/noticia-tedh-condena-espana-vulnerar-presu
Seguro que lo consigues, tú puedes, ánimo.
Puedes explicar el paralelismo?
Te tratan de culpable hasta que se demuestra lo contrario.
Y por otro lado tenemos otro "¿Puede un representante público pronunciarse sobre la culpabilidad de un acusado antes de que sea condenado?"
Creo que en este meneo de estaba hablando del segundo tema.
Pero vamos al lío.
Las medidas cautelares limitan algunos de tus derechos fundamentales porque se considera que hay riesgo de fuga, de destrucción de pruebas, etc. Pero no tiene nada que ver con el daño al honor que supone que se te señale públicamente como culpable.
Como muestra, en la noticia que nos ocupa el abogado no está diciendo que la prisión provisional para dos de los acusados sea contraria a la presunción de inocencia.
Merecían el mismo trato que cualquier otro grupito de jóvenes que le dan una paliza a alguien por motivos de odio.
No me parece bien tratar como terroristas a unos jóvenes apalizadores y como delincuentes comunes a otros.
Para ser terrorismo deberían pertenecer a una banda organizada que usa la violencia para lograr objetivos políticos.