«El exceso de pago del precio se adopta contraviniendo el contenido del contrato en el que se había establecido que la aportación de materiales era a riesgo y ventura del contratista» Siempre es a riesgo y ventura del contratista mientras el contratista gana, cuando el contratista pierde se convierte en problema de todos y nos toca pagar... 135 millones de nada esta vez.