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Rebajan la condena al tener en cuenta la indemnización de un hombre que violó a una menor

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena de 12 años y medio de prisión a seis años de cárcel a un hombre que agredió sexualmente a una menor de 16 años en un parque de Vélez-Rubio (Almería) al señalar que, dos días antes del juicio ante la Audiencia Provincial, el acusado ingresó en 13.000 euros en concepto de responsabilidad civil para resarcir a la víctima, con lo que concurre una atenuante muy cualificada de reparación de daño que no se había tenido en cuenta.

| etiquetas: violación menor , rebaja condena , atenuante por indemnización
  1. #1 Si hubiera violado a la hija del juez, ya veríamos.
  2. #2 Si lo juzga ese juez, es de todo menos justicia.
  3. La violación se castiga en España, pero un poquito menos a los pudientes, como toda la justicia.

    Esto es un problema que se solucionará el día que las cuantías a pagar sean en relación al patrimonio y al salario. No es lo mismo pagar un X% de su nivel de riqueza, que 13.000€. A un mileurista le escuece, a un futbolista le parece barato.
  4. #3 Sí, era una forma de hablar.

    Digámoslo de otro modo: si la violada fuera hija de un juez o de algún personaje importante, a ver si quien juzgara opinaría igual.
  5. #5 Ok dilo de otro modo: Estás poniendo en duda la profesionalidad de todos los jueces del país.
  6. #4 En este caso sí se ha tenido eso en cuenta, según la noticia.

    Pero yo te pregunto: imagínate que te cogen una noche y te violan a ti. ¿Te resarce de algo el dinero? A mí me haría sentir prostituto. Y tengo mis años. Imagínate un chaval o chavala jóvenes.
  7. Hay que enducerer las penas eliminando el atenuante de reparación del daño. ¿No?
  8. #6 Pues mira, ya que lo sacas a colación, hasta los propios jueces en España (busca hemeroteca) reconocen que el sistema está corrupto.
  9. #4 Deseo concedido.
  10. #9 Ahora mientes, porque eso que tú dices no habla de cómo se aplica la ley en un juicio, de si son profesionales o no, si no de cómo los políticos eligen a dedo a los miembros del tribunal superior.
  11. #7 A ver, entiendo que aunque el dinero no resarce ni deshace lo ocurrido, es un colchón económico que puede ayudar mucho a una persona que puede haber llegado a caer en una profunda depresión por lo ocurrido y que pueda elegir trabajar cuando lo considere oportuno, creo que está bien. Pero que ese pago reduzca condenas, no lo veo lógico, porque se traduce en que si te viola un pobre se le castigará con dureza y si lo hace un rico te convertirán en prostituta.
  12. #7 supongo que te puedes sentir así, probablemente por tu condicionamiento cultural, pero creo que en cuanto reflexionases calmadamente sobre el tema, te darías cuenta de las diferencias entre este tipo de hechos y la prostitución, el hecho de que ser prostituto no tiene nada de malo, y que, una vez sufrido el trance, estás mejor con xx.000 euros en el bolsillo, que sin ellos.
  13. #11 No, no miento. Digo la verdad que todos los que están en el mundillo conocen. Pregunta a los abogados en privado, a ver qué te cuentan ellos de la profesionalidad en la justicia.

    Espero que no te toque conocerlo nunca de primera mano y que no sea a tu hija a la que le toque el día de mañana. Ya nos lo contarías.
  14. #13 El hecho de ser prostituto no tiene nada de malo CUANDO TÚ LO ELIGES, no cuando alguien te lo impone por la fuerza mediante violación y luego te paga por ello.
  15. #2 Si hay contemplado un atenuante que es resarcir a la víctima lo hay para todo el mundo. Y si ese juez se niega a aplicarlo imagino que el abogado del violador lo recurriría. Y a ese juez lo pueden empurar por prevaricación.

    Una cosa es interpretar la ley, que es lo que hacen los jueces, y otra saltársela a la torera.
  16. #12 Sí, ahí quería llegar yo. Que lo del dinero rebaje la condena tampoco lo veo lógico.
  17. #14 Así que el amigo del primo del fontanero que le arregló la ducha al vecino del quinto de tu tío conoce a un abogado que dice eso. Ajam. Contra ese tipo de argumento no puedo competir.
  18. #2 También puedes rechazar la indemnización; ella o sus propios padres, según la edad actual de la menor.

    Pero se nos pasan todos los males con el dinero. O no.
  19. #18 No, el hermano del fontanero, no. Yo mismo, que he pasado varias veces por los juzgados y he visto lo que hay y he sido informado en multitud de ocasiones por los propios abogados, para prepararme para lo que vería, y cortos se quedaron.
  20. #15 pero es que en ese caso no es prostitución... Y aún así, tampoco supondría nada malo por parte del supuesto prostituto.
  21. #21 Pues llámalo como quieras. Tanto me da si me has entendido.
  22. #22 entiendo lo que quieres decir, pero me parece un pensamiento absurdo.
  23. #20 Entonces ahora me pides que crea tu visión desde tu punto de vista, como parte interesada.
  24. #2 Si fuera la hija del juez, estaría por ley obligado a inhibirse, y tendría que dejar el caso en manos de otro juez.

    Por lo demás, antes de señalar al juez considero más prudente leerse la sentencia.

    De hecho, si lees la entradilla verás que no es un juez, sino el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

    Como esto va de resarcimiento y de atenuantes de penas, me parece que habrá criterios jurídicos muy concretos, pero no ideológicos, como afirmas o insinúas sin absolutamente ninguna prueba de nada. Eso de afirmar sin pruebas que los jueces prevarican sí que es ideología, por cierto.
  25. #3 Si claro , siendo el padre la cosa cambia y si es mi hija los 12 años me los chupo yo por asesinato, premeditado, con alevosia y ensañamiento innecesario
  26. #17 Es a lo que me refería. Me parece que es un atenuante que sólo algunos podrán tener y que no depende del arrepentimiento del culpable si no de la cuenta corriente. Hay muchos mileuristas que viven al mes y sus ahorros son anecdóticos. Hay otros que han heredado patrimonio.
  27. #6 Ya lo ponen muchos de ellos , deberían demostrar que están capacitados a estas alturas ¿No te parece?
  28. "... Ingresó 13.000 euros en concepto de responsabilidad civil... más de la mitad de la fijada por la Audiencia Provincial” que cifraba en 25.000 euros"
    No entiendo ni las matemáticas ni la lógica de la justicia.
  29. #16 Ha pagado la mitad, pero lo consideran que "concurre una atenuante muy cualificada" :palm:
  30. #30 Yo no soy abogado, así que no sé como se valora esto. Buscando he encontrado esta referencia. Supongo que habrán tenido en cuenta el poder adquisitivo del agresor. Hablamos de que ha pagado el 50% de la indemnización fijada.

    "circunstancias atenuantes muy cualificadas podrán ser toda aquellas que aparecen definidas en el artículo 21 del C.P siempre y cuando contengan ciertas notas de excepcionalidad en cuanto a superar un cierto nivel de intensidad en comparación con las exigencias mínimas para la adopción de las atenuantes simples."

    www.diazvelasco.com/articulos/atenuantes-muy-cualificadas-que-son-y-ef

    "Pues bien, el art. 21.5 de Código Penal prevé como circunstancia atenuante: “5.ª La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.” [...]

    Dicho lo anterior: ¿qué debe entenderse por “haber procedido a reparar el daño ocasionado a la víctima o a disminuir sus efectos antes de la celebración del juicio” en los términos en los que, a posteriori, será de aplicación la atenuante de reparación del daño ex. ar5.21.5 CP?

    La casuística es muy variada, pero en términos generales, supone que se haya indemnizado a la víctima en la medida de lo posible o se haya tratado de disminuir los efectos del daño provocado en cualquier fase del procedimiento y, en cualquier caso, antes de la celebración del juicio."


    www.bloglegal.es/la-atenuante-de-reparacion-de-dano-art-21-cp-cuestion
  31. #31 Yo tampoco entiendo de leyes, pero que le impongan 25.000, le reduzcana 18.000 y sólo ingrese 13.000, me parece escaso para darle beneficios "en comparación con las exigencias mínimas" (párrafo 1). Además supongo que le impusieron la cantidad considerando lo que sería "en la medida de lo posible" (párrafo 3).
  32. #2 con toda probabilidad no lo juzgaría, sería recusado.
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