El 23 de diciembre, Maria Solaetxe escribió estos dos tuits. Ella es una de las trabajadoras que estaban enfadadas: [traduzco] "Bezero Marketing, cuyo mayor cliente es Eroski, nos ha ofrecido dos lotes a sortear entre 80 trabajadoras! Dais asco! (1)" "No queremos vuestras limosnas, sino condiciones de trabajo dignas!!! (2)" El 9 de febrero, la dirección de la empresa le puso un expediente contradictorio.
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etiquetas: sanción , trabajadora , ela , sindicato , twitter , eroski , bzero
Si tuiter no defiende la libertad de expresión de sus usuarios, no entiendo como la gente se mete en su red.
La libertad de expresión no impide al resto expresar que tu opinión es pura mierda.
1. Nunca hay que hacer escrito de alegaciones, jamás. Al alegar estás reconociendo que has sido tú el que ha escrito esos tuits
2. Hay que buscar defecto de forma. Este tipo de empresas siempre la caga. Os pongo un ejemplo, mi empresa hace un año me puso una falta grave. Firmé no conforme y fecha de recepción. Había 3 defectos de forma: me lo entregaron tarde (no respetaban el plazo de alegaciones), pusieron que acarrearía suspensión de sueldo y empleo, pero no pusieron cuándo y el tercero era que no habían remitido copia al comité de empresa. El tercero es muy, muy, muy común dado que los empresaurios intentan machacar al trabajador sin que se entere el comité o delegado.
3. Si meten suspensión de sueldo y empleo, impugnarla en los juzgados. Eso supone que la empresa tiene la carga de prueba, y tiene que probar que ha sido la empleada la que los ha escrito. Ella puede decir que cualquiera puede haber cogido su móvil y escribir desde ahí, ya que lo normal es que la gente tenga el autologging puesto. En mi caso, la falta fue porque supuestamente un directivo me había visto hacer el tonto en horario de trabajo. Aunque fuera verdad, es su palabra contra la mía. Yo deseaba la suspensión porque me iba a pegar un mes en casa rascándome las pelotas a costa de la empresa.
Y para rematar no hay ninguna calumnia porque la empleada cuenta las cosas tal y como son. Es que no tenían por donde pillarla
En fin, mal por la empleada, o mal por quien le haya asesorado.
La empresa tiene todo el derecho de rescindir el contrato de personas que no estan a gusto o incorformes con el trabajo.
A ver, el tipo dijo que me vio haciendo el tonto. Quién te ha dicho que realmente lo estuviera haciendo? Llevo 12 años en mi puesto y ya tengo el resto del día para hacer el idiota todo lo que quiera. No necesito hacerlo en mi trabajo y menos cuando tengo un puesto de responsabilidad y todo lo que hago repercute en la imagen de la empresa.
Las movidas internas no se puede airear así por que así con nombre propio y menos por escrito que no exista lugar a dudas de que fuistes tu.
Sobre la noticia demuestra que la verdad duele y como duele tienen que denunciar a todo cielo, porque es lo único que saben hacer en vez de reconocer que es cierto.
Salu2
Los trapos sucios se lavan en casa... airearlos en las redes sociales nunca trae nada bueno.
Tienes un problema con TU EMPRESA, viene una empresa cliente, q no te debe NADA pq no es tu empresa y te da como de buen rollito unas cestas por navidad....
Resultado: tweets demostrando tu ira ante tal malvada accion...
Me parece logico q eroski se quejara, afecta a su imagen cuando no ha hecho nada malo...
Aqui mismo todo dios habla de eroski y no de SU empresa, la de la tia, como responsable...
Eso q dice lo puede decir si las cestas se las diera SU empresa.... no jodas...
Lo que no puede hacer es sancionarte con 45 días sin empleo ni sueldo, que es lo que ha hecho con esta mujer, porque lo que has dicho en tu tiempo libre no les gusta. Porque de lo que tú hagas en tu tiempo libre, incluido escribir tuits, ellos no tienen nada que decir: si la trabajadora cumple con su trabajo dentro de su horario laboral y dentro de las normas de la empresa, ésta no puede hacer NADA. Y si creen que la trabajadora les ha insultado gravemente FUERA DE SU HORARIO LABORAL, para eso están los tribunales.
Lo que ha hecho la empresa es una CACICADA como la copa de un pino.
Libertad de expresión es decirle que se equivoca, pero dejar que lo diga.
Los negativos son para donde se acaba la libertad de expresión: en insultos y demás.
Yo esto no lo entiendo...sinceramente. Por lo que se lee en la noticia...es bzero marketing la que reparte dicho "regalo" y que quieres que te diga, 2 cestas de 15€ entre mas de 80 personas... mas que regalo, parece chotearse directamente de la plataforma.
"Regalo" de buen rollito, serian 80 "cestas" ...lo que no se si las 2 cestas fueron regalo de eroski a bzero marketing y esta las sorteo
Saludos
Una cosa es quejarte de tu empresa en tu ambito laboral y otra cosa es ponerla a parir en Facebook.
Edit: Telemarketing comtempla hasta 3 meses, alucinando me hallo.
A fin de cuentas, si publico en facebook: "Mi jefe me cae mal, y mi trabajo no me gusta" seguro que estarás de acuerdo en que tiene sentido que te despidan (de hecho te hacen un favor, porque tienes paro; si te fueses tú no lo tendrías), como de hecho habían hecho con una chica que había dicho algo así, e incluso que el jefe la acosaba sexualmente (luego resultó que tenía como amigo al jefe en FB, y encima era gay...).
Claro que luego está el otro punto, que es que, en general, necesitas un trabajo para vivir, y si conservar tu empleo depende de cerrar la boca, entonces la cosa sí es injusta. Claro que también hay formas y formas. Lo normal es publicarlo a través de un sindicato, que para algo están (OJO: he dicho "sindicato". CCOO y UGT no entran en dicha categoría).
Te copio de aquí:
guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAA
Establece el Estatuto de los Trabajadores que el trabajador debe "cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia" [artículo 5. a)] para luego reiterar que "en el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquél en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe".(artículo 20). La buena fe se configura así como un principio básico de las relaciones laborales y del contrato de trabajo, con carácter recíproco en su exigencia y obligatoriedad, no pudiendo asimilarse mecánicamente la buena fe a la "lealtad" del trabajador, ya que en ocasiones puede tener derecho legítimo a defender intereses distintos a los de su empresario. En palabras del Tribunal Supremo la buena fe es entonces, además de un principio general del derecho, un modelo de tipicidad de conducta exigible, y por ello se eleva a parámetro o criterio de valoración de las conductas con las que deben cumplirse las obligaciones, criterio pues equivalente a lealtad, honorabilidad, probidad y confianza. Cuando el trabajador, en el cumplimiento de sus obligaciones, realiza un comportamiento o mantiene una actitud contraria a dicho principio, hablamos de "quebranto de la buena fe", lo que configura un incumplimiento contractual que podría ser causa de sanción o despido. Y ese comportamiento puede ser producto no sólo de la directa intención del trabajador (dolo) sino que puede venir causado por un actuar negligente, por imprudencia o descuido del trabajador. Dentro de los supuestos de transgresión de la buena fe contractual la diversa casuística suele estructurarse en las siguientes formas: abandono del puesto de trabajo, abuso de confianza, apropiaciones, coacciones al empresario, concurrencia desleal, deslealtad en las funciones encomendadas, extralimitación de funciones, falsedades, actividades incompatibles con la incapacidad temporal, incompatibilidades, negligencia en el desempeño de las funciones encomendadas y ocultación .
Donde pone ahí nada relacionado con quejarte de la empresa?
CC #63
Como puedes ver en los tweets es el cliente Eroski el mencionado y se molesto mucho.
Eeeeeh, no, no lo tiene. Una empresa no puede suspenderte de empleo y sueldo por lo que le salga de los genitales.
No todo es tirar de google, y se ve que no tienes experiencia real vivida en nada. O tienes 13 años o no sales de la cueva.
Y claro que conozco la diferencia entre una cosa y otra, conoces tu la diferencia entre una comparación y una igualdad? Si tu argumento es una basura para conducir borracho, significa que el argumento es una basura para votar negativo, no significa que ambas cosas sean iguales.
Las normas se adaptan a los usos y costumbres respetando los derechos. Es bien sencillo